A4-0105/94
Resolución sobre el proyecto de presupuesto general de las Comunidades Europeas para el ejercicio 1995 - Sección III - Comisión modificado por el Consejo
El Parlamento Europeo,
-Visto el proyecto de presupuesto general de las Comunidades Europeas para el ejercicio 1995 en su versión acompañada de enmiendas y propuestas de modificación, como resultado de la segunda lectura del Consejo de 16 de noviembre de 1994 (C4-0210/94),
-Visto el proyecto de carta rectificativa nº 1/95 al proyecto de presupuesto aprobado por el Consejo el 31 de octubre de 1994 (C4-0110/94),
-Vista la Decisión de 13 de diciembre de 1994 sobre la adaptación de las Perspectivas Financieras anexas al Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993 sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario y su Resolución al respecto ,
-Visto el proyecto de carta rectificativa nº 2/95 de 8 de diciembre de 1994 (C4-0257/94),
-Vista su Resolución de 24 de marzo de 1994 sobre las orientaciones relativas al presupuesto 1995 ,
-Vistas las enmiendas y las propuestas de modificación aprobadas en primera lectura y su Resolución de 27 de octubre de 1994 sobre el proyecto de presupuesto general de las Comunidades Europeas para el ejercicio financiero 1995 - Sección III - Comisión ,
-Vista su Resolución de 24 de octubre de 1991 sobre la clasificación de los gastos ,
-Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A4-0105/94),
A.Considerando que el proyecto de presupuesto del Consejo de 16 de noviembre de 1994 no ha respetado el Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993 sobre el límite máximo de los recursos propios del 1,21% del PNB, sino que se ha elaborado partiendo de la base de un límite del 1,20% del PNB sobre la base de la Unión de doce Estados miembros,
B.Considerando que, de acuerdo con la votación del Parlamento Europeo en primera lectura, en el proyecto de presupuesto del Consejo se ha reconocido la necesidad de votar un presupuesto que "establezca las previsiones de los ingresos y gastos previstos, de la Comunidad para cada año y los autorice con anticipación", para tener en cuenta la ampliación de la Unión en 1995; considerando que el Consejo ha intentado rectificar esta laguna al aprobar la carta rectificativa 2/95,
C.Considerando que el Consejo ha rechazado en primera lectura todas las enmiendas del Parlamento excepto seis, sin ofrecer justificación para cada enmienda,
1.Señala que en su primera lectura el Parlamento respetó los términos del Tratado y del Reglamento financiero así como de las perspectivas financieras revisadas y aprobadas el 13 de diciembre de 1994 al asegurar que se tendrían en cuenta las necesidades previsibles de una Unión ampliada;
2.Reitera su convicción de la necesidad de aprobar un presupuesto que satisfaga las expectativas de los ciudadanos de la Unión ampliada de 15 miembros y que tenga muy en cuenta los compromisos a los que llegaron los Estados miembros en el Consejo Europeo de Edimburgo; cree además que el presupuesto debería tener en cuenta la situación económica actual de la Unión ampliada y las nuevas obligaciones de esta Unión;
3.Lamenta que el Consejo se haya negado a buscar una solución en lo que respecta al aumento del límite máximo de los recursos propios a la espera de la ratificación de los Parlamentos nacionales; señala, mientras tanto, que el nuevo límite máximo de los recursos propios permite una modificación de la enmienda sobre la congelación de pagos;
4.Señala que, tras la votación sobre las enmiendas al proyecto de presupuesto, los márgenes en los límites máximos de las distintas categorías, con arreglo al apartado 19 del Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993, son los siguientes: Categoría 1: 18,5 millones de ecus, Categoría 2: 0 ecus, Categoría 3: 4,3 millones de ecus, Categoría 4: 13,6 millones de ecus y Categoría 5: 13,6 millones de ecus;
5.Señala que el presupuesto 1995 representa un incremento del 12,6% en créditos de compromiso y del 12% en créditos de pago respecto al presupuesto 1994, lo que representa un 9,7% de incremento respecto a la tasa de crecimiento máxima estimada; considera que el aumento corresponde a los de los presupuestos de los Estados miembros, aunque se le hayan asignado a la Unión Europea nuevas tareas y se le hayan añadido nuevos órganos;
6.Toma nota de la decisión del Consejo sobre la carta rectificativa 1/95; acepta el resultado en todas las líneas que no había enmendado el Parlamento en primera lectura; aprueba la decisión de presentar de nuevo las enmiendas de primera lectura en las otras líneas;
7.Aprueba, en lo que respecta a la carta rectificativa 2/95, la decisión del Consejo relativa a los gastos de la Unión que integra a los tres nuevos Estados miembros;
8.Aprueba igualmente la decisión del Consejo en todas las líneas relacionadas con la ampliación, que había votado el Parlamento en primera lectura;
9.Confirma sin embargo la votación de primera lectura en lo que respecta a los programas MEDA, Sócrates y Leonardo, los dos últimos con un importe incrementado en 20 millones de ecus con respecto al anteproyecto de presupuesto, así como reservas específicas para las redes, la investigación y las políticas interiores, siendo esta última una reserva para toda la categoría, incluida la investigación;
10.Recuerda a la Comisión su obligación de proteger los intereses financieros de la Comunidad, imponiendo el pago de multas o intereses atrasados en caso de fraude o incumplimiento del Derecho comunitario, especialmente por parte de los Estados miembros;
11.Considera que cuando se confirmen las transgresiones deberían incluirse las multas o intereses atrasados en la sección de ingresos del presupuesto;
12.Recuerda su mencionada Resolución de 27 de octubre de 1994 y en particular las solicitudes dirigidas a la Comisión para que informe al Parlamento sobre la ejecución de determinadas acciones; invita a la Comisión a que dé curso a estas diferentes solicitudes, resumidas en el cuadro anexo a la presente resolución;
13.Encarga a sus comisiones competentes que comprueben que los créditos aprobados por la autoridad presupuestaria se aplican de la manera más eficaz posible;
Sobre gastos agrícolas
14.Aprueba, en estas circunstancias, la nueva presentación en segunda lectura de todas las enmiendas que el Consejo considera como "modificaciones" y que conciernen a líneas para las que, según la reglamentación vigente, la Comisión debe respetar el importe inscrito en el presupuesto en virtud de sus facultades discrecionales de gestión;
15.Reconoce que la Comisión, según confesión propia, ha sobrestimado los costes del almacenamiento de carne de vaca y ternera para 1995 en al menos 600 millones de ecus; lamenta una vez más la inexactitud de estas previsiones de gastos públicos que tienen repercusiones importantes para el presupuesto de la Unión;
16.Señala que, según las estimaciones de la Comisión, es altamente improbable que se rebase la orientación agrícola en 1995;
Sobre los Fondos Estructurales
17.Atrae la atención sobre su posición en lo que respecta a las iniciativas de la Comunidad, subrayando la necesidad de una mayor transparencia de las actividades comunitarias;
18.Acoge con satisfacción la nueva iniciativa de apoyar el proceso de paz en Irlanda del Norte y en las regiones fronterizas del sur, mediante un programa estructural de una duración inicial de tres años; espera una cooperación en la gestión del nuevo programa en la categoría 2 con el Fondo Internacional para Irlanda, de modo que los proyectos presentados por este último se consideren favorablemente en el nuevo programa;
Sobre políticas interiores
19.Toma nota de que, en dos casos particulares, las condiciones para el desbloqueo de los créditos inscritos en la reserva se han cumplido antes de la segunda lectura y aprueba, en lo que respecta a las líneas B5-403 (Systran) y B3-4112 (Foro de emigrantes de la Unión Europea) la inscripción del importe global en la línea;
20.Toma nota con satisfacción de que el Consejo ha aceptado finalmente las posiciones expresadas por el Parlamento en su Resolución de 3 de mayo de 1994 sobre la financiación del programa en favor de la industria textil y del vestido portuguesa, y aprueba la inscripción presupuestaria correspondiente;
21.Toma nota de la declaración de la Comisión según la cual las líneas B3-4010 (mercado laboral) y B3-4103 (medidas para combatir la pobreza y la exclusión social) abarcan las peticiones de las organizaciones y redes que apoyan a los antiguos militares que carecen de vivienda;
22.Considera que el programa HELIOS (B3-4102) debería incluir también a los disminuidos psíquicos, tanto si su condición es grave, leve, parcial, como si afecta a su personalidad, al término de la formación profesional especial;
23.Si bien acepta la necesidad de incluir créditos en los presupuestos para los organismos especializados para los que existe una base jurídica, considera que debe definirse una coherencia y transparencia presupuestarias para todo este tipo de organismos; señala que ya se ha pedido a la Comisión que informe sobre este tema; mientras tanto confirma su decisión de dejar en la reserva parte de los créditos del presupuesto de cada organismo; espera que todos los organismos presenten a la autoridad presupuestaria para su supervisión previa y con carácter urgente todas las decisiones que tengan repercusiones financieras directas o indirectas sobre el presupuesto de la Unión, hasta que se facilite la información adecuada;
24.Acoge con satisfacción la decisión del Consejo de aceptar la enmienda sobre el programa THERMIE II; considera, no obstante, que si no se toma a su debido tiempo una decisión sobre los fundamentos jurídicos, los créditos deberían destinarse a proyectos piloto sobre la utilización racional de la energía (10 millones de ecus), fuentes renovables de energía (10 millones de ecus), tecnologías de carbón e hidrocarburos (10 millones de ecus);
25.Pide a la Comisión que facilite información estadística fiable, a nivel europeo, sobre el turismo (línea B5-325);
Sobre acciones exteriores
26.Aprueba la nueva presentación de las enmiendas que proveen los créditos necesarios para desarrollar una nueva iniciativa de la Unión en relación con el sur de Europa (MEDA);
27.Se congratula de la decisión del Consejo de seguir los principios de una financiación de la PESC mediante el presupuesto de la Comunidad (Sección III); aprueba además el esfuerzo financiero realizado en favor de la única acción PESC de la Unión en Mostar;
28.Observa el progreso realizado en la gestión de los programas PHARE y TACIS y aprueba la incorporación de 1.609 millones de ecus en compromisos y 1.311 millones de ecus en pagos para estos programas y otros conexos; señala que esto indica la voluntad del Parlamento de mantener su apoyo actual de estos esfuerzos, a condición de que estos créditos se utilicen de manera eficaz y se dé cuenta plenamente de dicha utilización;
29.Espera que unos 8,5 millones de ecus de la línea B7-5022 (promoción de las exportaciones de la Comunidad a países no comunitarios, especialmente el Japón) se asignen a la promoción de exportaciones al Japón, que unos 2,35 millones de ecus se asignen a medidas específicas relativas a los mercados de otros países no comunitarios y que 1,35 millones de ecus se asignen a medidas específicas relativas a los mercados de países no comunitarios en los sectores textil, del vestido, del calzado y del cuero;
30.Toma nota de los efectos probables del acuerdo del GATT sobre los ingresos anuales de la Unión, particularmente a largo plazo, y pide a la Comisión que le mantenga informado regularmente, en la presentación del anteproyecto de presupuesto, de los efectos estimados del acuerdo; expresa su preocupación por el hecho de que la participación de la Comunidad en la Organización Mundial del Comercio no extienda la práctica de una toma de decisiones sin responsabilidad democrática;
Sobre gastos administrativos
31.Considera que el presupuesto aprobado debería garantizar el funcionamiento eficaz de las instituciones, aunque sea particularmente restrictivo en cuanto a los gastos administrativos;
32.Subraya que es indispensable para todas las instituciones adoptar medidas prácticas significativas hacia una cooperación interinstitucional constructiva y útil, de manera que se reduzca la proporción de gastos administrativos en el presupuesto general y resulte aún más eficaz la función pública europea;
33.Subraya que los fondos correspondientes a los futuros servicios de traducción (ya sean de traductores internos o externos) se bloquearán hasta que la Comisión presente un programa global rentable y éste sea aprobado por la autoridad presupuestaria;
34.Aprueba la decisión de restablecer los créditos en las líneas relativas a la comitología (A-2510 - A-2511), el 10% en la línea y el resto en la reserva, y pide a la Comisión que presente a la autoridad presupuestaria una lista exhaustiva de todas las decisiones tomadas a lo largo de 1994 por los distintos comités mencionados en el anexo al presupuesto;
35.Por lo que se refiere a la política de información, confirma su mencionada Resolución de 27 de octubre de 1994 y pide a la Comisión que prepare un informe sobre la reorientación de esta política; encarga a su comisión competente que siga de cerca este asunto; propone que la Comisión y el Parlamento establezcan sus oficinas de información y representación conjuntamente en un único edificio en los nuevos Estados miembros y que antes del año 2000 se siga el mismo criterio en todos los Estados miembros;
Sobre ingresos
36.Confirma su votación de las enmiendas presentadas en primera lectura en la sección de ingresos del presupuesto, en lo que respecta en particular a la imposición fiscal de los nuevos puestos creados y a una estimación de reutilización;
Disposiciones finales
37.Encarga a su Presidente que designe el acto presupuestario como el Presupuesto de la Unión Europea;
38.Encarga a su Presidente que transmita estas decisiones presupuestarias a la Comisión y al Consejo.
ANEXO