(Artículo 66 del Reglamento)
Reglamento (CEE) nº 1576/89 del Consejo, por el que se establecen las normas generales relativas a la definición, designación y presentación de las bebidas espirituosas, y el Reglamento (CEE) nº 1601/91 del Consejo, por el que se establecen las reglas generales relativas a la definición, designación y presentación de vinos aromatizados, de bebidas aromatizadas a base de vino y de cócteles aromatizados de productos vitivinícolas, como consecuencias de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay
(C4-0264/94 - 94/0229(COD))