B4-0036/95
Decisión sobre la modificación de la composición numérica de las comisiones parlamentarias
El Parlamento Europeo,
-Vista su Decisión de 21 de julio de 1994 sobre el número, la composición y las atribuciones de las comisiones parlamentarias,
-Vista su Decisión de 28 de septiembre de 1994 sobre las modificaciones de la composición numérica de las comisiones parlamentarias,
-Visto el apartado 1 del artículo 135 de su Reglamento,
1.Decide modificar la composición numérica de las siguientes comisiones parlamentarias (las que no figuran en esta lista no se modifican)
I.Comisión de Asuntos Exteriores, Seguridad y Política de Defensa (61 miembros)
II.Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (49 miembros)
III.Comisión de Presupuestos (38 miembros)
IV.Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial (57 miembros)
V.Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía (31 miembros)
VI.Comisión de Relaciones Económicas Exteriores (28 miembros)
VII.Comisión de Asuntos Jurídicos y de Derechos de los Ciudadanos (26 miembros)
VIII.Comisión de Asuntos Sociales y Empleo (48 miembros)
IX.Comisión de Política Regional (42 miembros)
X.Comisión de Transportes y Turismo (39 miembros)
XI.Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (50 miembros)
XII.Comisión de Cultura, Juventud, Educación y Medios de Comunicación (39 miembros)
XIII.Comisión de Desarrollo y Cooperación (37 miembros)
XIV.Comisión de Libertades Públicas y de Asuntos Interiores (35 miembros)
XV.Comisión de Control Presupuestario (27 miembros)
XVI.Comisión de Asuntos Institucionales (45 miembros)
XVII.Comisión de Pesca (25 miembros)
XVIII.Comisión de Reglamento, de Verificación de Credenciales y de Inmunidades (26 miembros)
XIX.Comisión de Derechos de la Mujer (41 miembros)
XX.Comisión de Peticiones (29 miembros)
Comisión temporal sobre el empleo (41 miembros)