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Parlamento Europeo - 16 febbraio 1995
Derechos humanos en Nigeria

B4-0223, 0239, 0246, 0257, 0265, 0278 y 0296/95

Resolución sobre las violaciones de los derechos humanos en Nigeria

El Parlamento Europeo,

-Vistas sus anteriores resoluciones sobre Nigeria,

-Recordando la resolución de la Asamblea Paritaria ACP-UE de 6 de octubre de 1994 (Libreville - Gabón) que condena las violaciones de los derechos humanos en Nigeria y pide la liberación sin condiciones del Sr. Moshood Abiola,

A.Preocupado por el mantenimiento en el poder del régimen militar de Nigeria que, desafiando los llamamientos de la comunidad internacional, sigue ignorando los resultados de las elecciones de 1994 y cometiendo numerosas violaciones de los derechos humanos,

B.Considerando que este régimen dictatorial se empeña en detener a los dirigentes de la oposición democrática, disolver los órganos dirigentes de los sindicatos y suspender libertades políticas fundamentales como las de expresión y de prensa,

C.Profundamente preocupado por las graves violaciones de los derechos humanos perpetradas en el territorio de los Ogoni por las fuerzas de seguridad, que han ejecutado sin juicio al menos a 50 personas y encarcelado a unas 600 durante acciones en unos 60 pueblos de dicho territorio, principalmente en los meses de mayo y junio de 1994,

D.Profundamente preocupado por el proceso al que está sometido el Sr. Ken Saro-Wiwa, escritor y líder pacifista del Movimiento para la Supervivencia del Pueblo Ogoni (MOSOP), junto con otros 27 líderes de la oposición que fueron detenidos y encarcelados el 22 de mayo de 1994, procesados el 6 de febrero de 1995 y que van a enfrentarse a un juicio por asesinato el 21 de febrero de 1995 ante un tribunal especial militar,

E.Observando que esas 28 personas habían protestado por la destrucción causada por las extracciones de petróleo en el Estado de River; desde que se descubrió el petróleo en su territorio, durante los años 50, los Ogoni han venido padeciendo una pesadilla ecológica: vertidos de crudo, oleoductos instalados en medio de explotaciones agrícolas y pueblos, y represión brutal de cualquier protesta,

F.Expresando el temor de que el Sr. Ken Saro-Wiwa, que recibió en Suecia el premio Nobel alternativo en el otoño pasado y fue declarado preso de conciencia por Amnistía Internacional, corra el riesgo de ser condenado a muerte,

1.Pide la liberación inmediata del Sr. Abiola, del Sr. Ken Saro-Wiwa de los demás dirigentes políticos y sindicales encarcelados por su lucha en favor de la justicia y la democracia en Nigeria, y de las demás personas que hayan sido encarceladas por motivos políticos;

2.Pide en particular que la República de Nigeria ponga en libertad incondicional a esas 28 personas y ponga fin al uso de la violencia en la represión las protestas;

3.Insta al régimen de Abuja a reconocer los resultados electorales del día 12 de junio de 1993, junto con la sentencia del Tribunal de Apelación de Kaduna que declara ilegal la detención del Sr. Abiola;

4.Pide a las autoridades nigerianas que instauren un sistema jurídico democrático, que respeten plenamente sus obligaciones internacionales en relación con los derechos humanos y que perfeccionen las disposiciones y la aplicación de su legislación ambiental;

5.Insta a las autoridades nigerianas a hallar una solución a los problemas de los pueblos Ogoni, salvaguardando sus derechos y cultura;

6.Pide que se constituya un órgano investigador independiente e imparcial para examinar las muertes y las ejecuciones extrajudiciales en el Estado de River en 1993 y 1994, que se hagan públicas sus conclusiones y que sean entregados a los tribunales los responsables de tales hechos, de conformidad con las normas internacionales;

7.Insta a la Unión Europea a que intervenga ante las autoridades nigerianas para que se restablezca la democracia en el país y se ponga fin a la violación de los derechos humanos;

8.Encarga a su Presidente que transmita esta resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno de Nigeria, a la OUA y a los Copresidentes de la Asamblea Paritaria ACP-UE.

 
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