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Parlamento Europeo - 16 marzo 1995
Situación en Burundi

B4-0392, 0398, 0399, 0401, 0402, 0410 y 0425/95

Resolución sobre la situación en Burundi

El Parlamento Europeo,

-Vista la declaración del Consejo de 28 de febrero de 1995 sobre la situación en Burundi,

-Visto el informe presentado por la Asamblea Paritaria ACP-UE sobre una misión en Burundi, el Zaire y Rwanda,

-Recordando sus anteriores resoluciones sobre Burundi,

A.Preocupado por la persistencia de disturbios en Burundi y la crítica situación en algunas partes del país,

B.Profundamente preocupado por la persistente degradación de las condiciones de seguridad, caracterizadas por el recrudecimiento en todo el país de los actos terroristas, de los asesinatos, de las matanzas y de la destrucción de los bienes materiales,

C.Reconociendo la legitimidad de las instituciones y procedimientos políticos democráticos del país definidos de acuerdo con el "Convenio de Gobierno" por doce de los trece partidos políticos reconocidos a escala nacional,

D.Considerando que, las tensiones políticas y étnicas se han agravado aún más tras la dimisión del Sr. Anatole Kanyenkiko, Primer Ministro y miembro de la oposición, pero desautorizado por ésta, y su sustitución por el Sr. Antoine Nduwayo,

E.Especialmente preocupado por el asesinato del Sr. Ernest Kabushemege, Ministro de Energía y de Minas, que se enmarca en una nueva escalada de violencia con fines desestabilizadores,

F.Alarmado por el gran número de personas dispersadas y desplazadas en Burundi, obligadas a huir de sus hogares como resultado del conflicto, especialmente a raíz del intento de golpe de estado de octubre de 1993, y consciente de la fuerte influencia desestabilizadora resultante del genocidio perpetrado en Rwanda y la presencia en Burundi de varios millares de refugiados rwandeses,

G.Considerando la amenaza que suponen los soldados del antiguo ejército del Gobierno de Rwanda, que sigue siendo activo en las zonas fronterizas de Burundi y que ha proporcionado armas y municiones a fuerzas extremistas que operan dentro de las fronteras del país,

H.Consciente de la significativa contribución de la Unión Europea en términos de ayuda humanitaria, pero lamentando el hecho de que la comunidad internacional -y la Unión Europea, en particular- se haya limitado a recomendar la puesta en práctica de medidas preventivas para evitar que se desate un nuevo conflicto interno en Burundi,

1.Toma nota de la mencionada declaración del Consejo ante el Parlamento, de 28 de febrero de 1995, e insta al Consejo a que prosiga sus esfuerzos más activamente con el fin de fomentar el apoyo a las instituciones democráticas de Burundi y a la reconciliación nacional;

2.Reafirma su apoyo a las instituciones legítimas y a las fuerzas democráticas que, pese a las provocaciones de los extremistas, prosiguen sus esfuerzos de reconciliación nacional y de reconstrucción económica del país;

3.Pide al Consejo de la Unión Europea que ponga en marcha un plan de acción urgente con los siguientes objetivos: aislar a los extremistas tanto tutsis como hutus, consolidar las instituciones democráticas y permitir el funcionamiento del aparato judicial; pide a la Unión Europea que, en caso de que se lo soliciten las autoridades de Burundi, proporcione ayuda técnica con este fin;

4.Pide al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que dé curso a la solicitud del Gobierno burundiano de enviar urgentemente una comisión judicial internacional de investigación para ayudar al país a identificar y a llevar ante la justicia a los autores del golpe de estado de octubre de 1993 y de los actos de violencia subsiguientes;

5.Pide a la Comisión que acelere el desbloqueo de los fondos necesarios para financiar programas de repatriación y reinserción de personas desplazadas, siempre que se den las condiciones políticas para su repatriación y esté garantizada su seguridad;

6.Condena los actos de violencia provocativos llevados a cabo por grupos extremistas, cuyos líderes han sido a menudo identificados, y pide a la comunidad internacional que deniegue visados a aquellas personas conocidas por participar en actividades extremistas;

7.Pide al Gobierno y a las autoridades militares de Burundi, en el contexto de un debate nacional, que reformen la estructura de las fuerzas armadas con el fin de permitir que el mando militar pueda responder mejor a las directivas de la autoridad civil y a las presiones resultantes de la actividad terrorista extremista en el país, incluyendo el contrabando de armas;

8.Reitera su plena confianza en la labor del Representante del Secretario General de las Naciones Unidas y reitera su pleno apoyo a los esfuerzos de la misión de observación de la OUA en Burundi con el fin de evitar los conflictos; pide al Consejo que participe en la creación de una radio de las Naciones Unidas;

9.Reitera su petición para que los Estados miembros de la Unión Europea representados en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas convenzan a este último de la necesidad de imponer un embargo internacional sobre las exportaciones de armas y de municiones destinadas a Burundi y Rwanda, y asimismo que los Estados miembros pongan fin a todas sus exportaciones de armas y de municiones a ambos países;

10.Felicita al Comité Internacional de la Cruz Roja por los esfuerzos realizados, junto con otras ONG, mediante programas locales de prevención de conflictos;

11.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Secretario General de la Organización de la Unidad Africana, al Presidente de la República de Burundi y al Comité Internacional de la Cruz Roja.

 
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