B4-0414, 0457 y 0474/95
Resolución sobre la sequía en la Europa meridional
El Parlamento Europeo,
A.Considerando que la grave sequía cíclica de carácter estructural que vienen padeciendo España, Grecia, Italia y Portugal desde hace varios años está poniendo en grave peligro la supervivencia de la agricultura, la ganadería y la industria transformadora del sector agropecuario,
B.Considerando que las enormes pérdidas derivadas de la sequía suponen un considerable deterioro del nivel de renta del sector agrario,
C.Considerando que, en España, Italia, Grecia y Portugal hay millones de hectáreas de cultivos herbáceos en regadío y de secano afectadas por la carencia de precipitaciones,
D.Considerando que la sequía está causando daños irreparables e inevitables a la agricultura y ganadería españolas y que la industria transformadora está sufriendo dificultades en el abastecimiento de determinadas materias primas a precios competitivos,
E.Considerando que los contactos mantenidos entre la Comisión y las administraciones competentes han permitido a la primera evaluar sobre el terreno los problemas derivados de la sequía y su incidencia en la aplicación de la PAC,
F.Considerando que anteriormente (en el caso de Portugal, los Reglamentos (CEE) nº 3311/92 y 787/94 del Consejo) ya se han adoptado medidas comunitarias sobre este problema,
1.Pide que se declare el carácter "estructural" de la sequía en España, Grecia, Italia y Portugal, con objeto de permitir las modificaciones de la normativa comunitaria que permitan lograr el mantenimiento de las rentas de los agricultores y ganaderos;
2.Pide que se reconsidere la superficie base a efectos de los pagos compensatorios comunitarios, tanto el de secano como el de regadío, incrementando el total de los mismos;
3.Propone a la Comisión y al Consejo la adopción de medidas urgentes, necesarias con vistas a paliar en lo posible la situación casi catastrófica del sector agropecuario y de las industrias de transformación;
4.Propone la elaboración de un plan conjunto entre la Comisión y los Estados miembros afectados para asegurar la explotación racional de los recursos hidráulicos y modernizar las redes de suministro y los sistemas de riego, con el fin de optimizar la utilización de dichos recursos, que incluya medidas de carácter medioambiental cuyo objetivo sea el ahorro de agua empleada en el riego;
5.Pide que la Comisión y los Estados miembros, de común acuerdo, asignen a las medidas excepcionales los recursos financieros necesarios para que sean eficaces;
6.Pide que las instituciones comunitarias tengan en cuenta la consideración del elemento sequía como una específica situación que puede afectar muy negativamente al desarrollo de determinadas regiones de la Unión Europea, y que esta situación está dejando de ser transitoria y coyuntural, consolidándose como algo estructural;
7.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, la Comisión, al Comité de las Regiones y a los Gobiernos de los Estados miembros.