B4-0611/95
Resolución sobre el programa Thermie II
El Parlamento Europeo,
-Vista la propuesta de reglamento del Consejo de 13 de abril de 1994 relativo a un programa comunitario de apoyo financiero para la promoción de las tecnologías energéticas europeas 1995-1998 ("Thermie II"),
-Visto el dictamen del Parlamento Europeo sobre esta propuesta, de 15 de noviembre de 1994,
-Vista su Resolución de 15 de diciembre de 1994 sobre el proyecto de presupuesto general de las Comunidades Europeas para el ejercicio 1995, en particular el apartado 24,
-Vista la propuesta modificada de la Comisión COM(94)0654, que tiene ampliamente en cuenta las enmiendas del Parlamento,
A.Considerando que, en términos reales y por períodos idénticos, los créditos del cuarto programa marco destinados a demostración del programa de investigación específica sobre energías no nucleares se reducen considerablemente (aproximadamente un 25%) en comparación con el período anterior,
B.Considerando que una parte importante del antiguo programa Thermie, es decir los proyectos más próximos del mercado, no se podrá financiar con el cuarto programa marco, puesto que éste se limita a la investigación y desarrollo tecnológico y a la demostración técnica,
C.Considerando que aunque la investigación en tecnologías energéticas no nucleares sea una condición indispensable, una debilidad notoria de los países de la Comunidad, que queda de manifiesto en el Libro Blanco de la Comisión sobre crecimiento, competitividad y empleo, consiste en no transformar suficientemente los resultados de la investigación en éxitos industriales,
D.Considerando que en su evaluación a mitad de aplicación del programa Thermie (1990-1994), los expertos estiman que el éxito es innegable desde el punto de vista técnico, pero es necesario hacer algo más para la penetración en el mercado de las tecnologías demostradas,
E.Considerando que sólo la promoción de proyectos concretos, basados en la investigación, permitirá reducir efectivamente la contaminación,
F.Considerando que este tipo de proyectos reviste especial interés tanto para las regiones con retraso en su desarrollo como para las pequeñas y medianas empresas,
G.Considerando que la investigación, el desarrollo tecnológico, la demostración técnica, la demostración económica y la explotación del potencial industrial de los resultados de la investigación forman un todo y se han de plantear, desde el punto de vista político, en un marco coherente y global,
H.Considerando que el Parlamento siempre consideró fundamental que la política energética de la Comunidad sea equilibrada y, al respecto, el esfuerzo en favor de las energías no nucleares y de las energías renovables reviste especial importancia,
I.Señalando en particular que si no se adopta Thermie II, podrían quedar cerrados los quince Centros de la Energía (EC-Energy Centers) que se ocupan de fomentar las tecnologías energéticas innovadoras en el marco de la cooperación industrial en el ámbito de la energía con los países de la Europa central y oriental,
J.Recordando al respecto que en su Resolución de 16 de marzo de 1995 relativa a la central nuclear de Mochovce el Parlamento pidió a la Comisión que le presentara un plan de desarrollo energético en Europa central para diversificar las fuentes de producción de electricidad, utilizar eficazmente la energía y reducir la dependencia de la energía nuclear,
K.Considerando que en lugar de cerrar estos Centros de la Energía, la Comisión debería más bien plantear la creación de nuevos centros en Latinoamérica, en los países del Magreb, en China y, en general, en los países en desarrollo; esto es lo que Thermie II podría permitir,
L.Considerando que, en la conciliación que precedió a la codecisión sobre el cuarto programa marco, el Parlamento Europeo vinculó expresamente su aprobación a que la Comisión presentara un programa Thermie II dedicado a la demostración económica y a la difusión de los resultados,
M.Considerando que la Comisión dio inmediatamente curso a la solicitud del Parlamento,
N.Considerando que la dotación financiera para la categoría 3 de las perspectivas financieras está sujeta a fuertes condicionamientos, en particular por lo que respecta al fomento del ahorro de energía y las energías alternativas,
O.Considerando que el Consejo, en la última lectura del presupuesto para 1995, inscribió un importe de 30 millones de ecus para Thermie II, que corresponde al que la Comisión había inscrito en el anteproyecto y que figura ahora en el presupuesto 1995,
P.Considerando que, hasta ahora, el Consejo no ha progresado en el examen del programa Thermie II,
1.Subraya que el programa Thermie II contribuirá a orientar y equilibrar la política energética comunitaria, a reducir las emisiones contaminantes, al desarrollo industrial de las regiones menos favorecidas y a la actividad de las PYME, así como al desarrollo de las tecnologías energéticas innovadoras en los países de la Europa central y oriental, de la cuenca mediterránea y de los países en desarrollo;
2.Pide en particular que Thermie II desarrolle una cooperación energética:
-entre la Unión Europea y la Europa central y oriental, mediante la permanencia de los quince "Centros de la Energía" (EC-Energy Centres) existentes;
-entre la Unión Europea y China, Latinoamérica, la cuenca mediterránea y otros países en desarrollo, con la posibilidad de financiar nuevos Centros de la Energía;
3.Confirma la posición adoptada con ocasión de la codecisión sobre el cuarto programa marco al establecer un vínculo directo entre los programas de investigación y Thermie II para subrayar la necesidad, para la Comunidad, de fomentar la penetración en el mercado de las tecnologías nuevas en el ámbito del ahorro de energía, las energías renovables y la combustión limpia;
4.Considera que la investigación, la demostración de la factibilidad técnica, la demostración de la viabilidad económica y la difusión de los resultados son elementos indispensables para una acción global en el ámbito de las energías no nucleares y que la supresión de uno de estos eslabones sería perjudicial para el conjunto de la política;
5.Espera, por lo tanto, que el Consejo reconozca la necesidad del programa Thermie II para continuar y reforzar el esfuerzo global de la Comunidad en favor de la demostración técnica y económica y de la difusión de las nuevas tecnologías en el ámbito de las energías no nucleares, de conformidad con la posición que el Parlamento Europeo siempre ha defendido y con los compromisos internacionales de la Comunidad;
6.Pide a la Comisión que, en espera de que se apruebe Thermie II, adopte cuanto antes las medidas necesarias para la ejecución de los créditos previstos para este programa en la partida B4-1000 del presupuesto 1995;
7.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión y al Consejo.