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Parlamento Europeo - 18 maggio 1995
Sri Lanka

B4-0742, 0763, 0775, 0781, 0809 y 0833/95

Resolución sobre la ruptura de las negociaciones de paz en Sri Lanka

El Parlamento Europeo,

-Recordando sus resoluciones sobre la situación en Sri Lanka y, en particular, la de 22 de abril de 1994 sobre este asunto ,

A.Profundamente preocupado por la ruptura de las negociaciones entre los TLET y el Gobierno democráticamente elegido de Sri Lanka, cuyo objetivo era resolver el largo conflicto étnico en este país,

B.Recordando que las victorias electorales de la Sra. Chandrika Kumaranatunga, el 16 de agosto y el 9 de noviembre de 1994, se han conseguido en elecciones libres, imparciales y correctas y que su acceso a la presidencia se ha caracterizado por su compromiso personal a entablar negociaciones directas con los TLTE, a ofrecer una mayor devolución de poder del gobierno central, a fortalecer la protección de los derechos humanos y a reconocer que todos los ciudadanos de Sri Lanka deben mantener sus identidades étnicas, religiosas y lingüísticas,

C.Lamentando profundamente la ruptura unilateral por parte de los TLET del alto el fuego proclamado el 8 de enero de 1995 por la Presidenta Kumaranatunga y consternado por el hecho de que los ataques de los TLET contra buques de Sri Lanka en el puerto de Trincomalee el 19 de abril de 1995, la destrucción mediante misiles de dos aviones de transporte del ejército del aire los días 28 y 29 de abril y otros ataques en los distritos de Amparai y Vavunia contra objetivos militares y civiles hayan añadido 300 nuevas víctimas a las 30.000 que ya han perecido desde que comenzó la lucha armada de los TLET en la década de los 70,

D.Recordando que los TLET fueron el único, de los distintos grupos combatientes tamiles que en otro tiempo se alzaron en armas para establecer un Estado separado de habla tamil, que se negó en su día a abandonar la lucha armada e iniciar negociaciones de paz,

E.Profundamente preocupado por la opresión que están sufriendo los tamiles que no apoyan a los TLET en las zonas controladas por éstos, como, por ejemplo, la península de Jaffna,

F.Recordando la Declaración de la Presidencia en nombre de la Unión Europea sobre Sri Lanka, de 21 de abril de 1995, en la que se condenan los ataques de los TLET en Trincomalee y se recuerda la necesidad de una solución pacífica al conflicto de Sri Lanka,

1.Condena las acciones de los TLET al retirarse de las negociaciones de paz y romper unilateralmente el alto el fuego con actos de violencia no provocados;

2.Considera que las razones aducidas por los TLET para romper las negociaciones con el Gobierno de Sri Lanka muestran una renuencia latente a entablar un diálogo constructivo;

3.Subraya el peligro de que una interrupción de las negociaciones de paz pueda suponer una nueva escalada del conflicto y pide a ambas partes que adopten una actitud conciliadora que permita reanudar las negociaciones con objeto de lograr un nuevo acuerdo de alto el fuego y posibilitar la reanudación de los suministros no militares a la península de Jaffna;

4.Señala insistentemente al Gobierno de Sri Lanka la necesidad de evitar represalias indiscriminadas contra civiles y de estar dispuesto a negociar con otras organizaciones tamiles que no apoyan a los TLET;

5.Pide a la Unión Europea y a los Estados miembros que apoyen por todas las vías políticas y económicas los esfuerzos del Gobierno de Sri Lanka encaminados a reactivar el proceso de paz y mejorar la aplicación de la legislación relativa a los derechos humanos; pide a la Comisión que refuerce su cooperación con el Gobierno de Sri Lanka en el marco del acuerdo recientemente celebrado y que le preste todo el apoyo necesario para lograr la pacificación y reconciliación;

6.Pide a los Gobiernos de los países de la región del Océano ndico, en particular a los miembros de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional, que ejerzan presiones sobre los TLET para que regresen a la mesa de negociaciones;

7.Insta a la Unión Europea y a sus Estados miembros a intensificar los controles sobre la venta de armas y a impedir que las armas lleguen a los TLET y otras organizaciones semejantes;

8.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, de Sri Lankia y de los países miembros del SAARC, así como a los TLET.

 
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