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Parlamento Europeo - 18 maggio 1995
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer

B4-0744 y 0838/95

Resolución sobre la organización por el Gobierno chino de la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer

El Parlamento Europeo,

A.Reconociendo la importancia de la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer que se celebrará en Pekín en septiembre de 1995,

B.Insistiendo en que la emancipación de la mujer va indisolublemente unida a la lucha por la promoción y la defensa de los derechos humanos y que los derechos económicos y políticos forman parte de dichos derechos humanos, e insistiendo también en el hecho de que las mujeres son las fuerzas motrices de la paz y del desarrollo sostenible de la Humanidad,

C.Reconociendo el importante papel desempeñado por las ONG en conferencias de esta índole, la alta cualificación de las ONG acreditadas en esta Conferencia y el hecho de que las Naciones Unidas han reconocido este importante papel,

D.Consternado por informes según los cuales no se permitirá participar a mujeres de Taiwan y del Tíbet,

E.Consternado por informes según los cuales quedarán excluidos aquellos grupos cuyas opiniones no coincidan con las del Gobierno chino, tales como los grupos de lesbianas y otros grupos locales chinos,

F.Profundamente preocupado por la presunta decisión de las autoridades chinas de situar el foro de las ONG lejos de la Conferencia Mundial, en un lugar desprovisto de capacidad para acoger a más de 1.700 personas, a pesar de que se esperan 40.000 participantes,

G.Profundamente preocupado por el hecho de que las instalaciones de telecomunicaciones, hoteleras, de interpretación, traducción y transporte parecen ser completamente inadecuadas para una conferencia de esta índole y envergadura,

H.Profundamente preocupado por informes sobre trámites y controles aduaneros estrictos en relación con la importación de material impreso y audiovisual por parte de los participantes en ambas conferencias,

1.Pide al Gobierno chino que permita participar en la Conferencia a las mujeres de Taiwan y del Tíbet acreditadas ante las correspondientes ONG;

2.Insta al Gobierno chino a que garantice la libertad de expresión y de prensa y abandone todo intento de excluir a determinadas categorías de mujeres basándose en sus opiniones, origen u orientación sexual;

3.Insta al Gobierno chino a reubicar el foro de las ONG en un lugar lo suficientemente próximo a la Conferencia oficial como para facilitar la comunicación entre ambos y a proporcionar las instalaciones necesarias;

4.Pide a la Comisión y al Consejo que hagan valer su influencia para instar al Gobierno chino y al Secretario General de las Naciones Unidas a que satisfagan las exigencias de infraestructuras adecuadas y procedimientos democráticos para la celebración de esta Conferencia;

5.Advierte que la exclusión de mujeres por razón de sus opiniones, origen geográfico u orientación sexual confirmará la imagen represiva del régimen chino;

6.Señala que si los obstáculos puestos a las ONG reducen la eficacia de la Conferencia, no se deberían celebrar en China, en el futuro, otras conferencias de las Naciones Unidas;

7.Pide a la Comisión y al Consejo que consideren la posibilidad de apoyar el traslado tanto de la Conferencia oficial como la de las ONG a un lugar propuesto en Australia, en el caso de que China no satisfaga estas demandas;

8.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, al Consejo de Europa, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al grupo especial asesor del Secretario General de las Naciones Unidas y al Gobierno de la República Popular de China.

 
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