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Parlamento Europeo - 19 maggio 1995
Estado de previsiones 1996

A4-0110/95

Resolución sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento y del Defensor del Pueblo para el ejercicio 1996

El Parlamento Europeo,

-Vista su Resolución de 5 de abril de 1995 sobre las orientaciones presupuestarias para el ejercicio 1996 relativas al Presupuesto de 1996: Sección I - Parlamento Europeo/Anexo Defensor del Pueblo, Sección II - Consejo; Sección IV - Tribunal de Justicia; Sección V - Tribunal de Cuentas; Sección VI - Comité Económico y Social y Comité de las Regiones ,

-Visto el informe del Secretario General,

-Visto el anteproyecto de estado de previsiones para 1996 establecido por la Mesa el 4 de abril de 1995, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 5 y 6 del artículo 22 y el apartado 1 del artículo 165 del Reglamento,

-Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A4-0110/95),

I.MARCO GENERAL

1.Recuerda que el procedimiento presupuestario 1996 forma parte del marco financiero establecido por las perspectivas financieras 1993/1999, revisado el 29 de noviembre de 1994 en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993 sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario;

2.Observa al respecto:

-que los créditos presupuestarios se han de utilizar de conformidad con los principios de una correcta gestión financiera, en particular de ahorro y de relación coste/eficacia;

-que la tasa de aumento de los gastos de la rúbrica 5 de las perspectivas financieras vigentes se estima en el 4,20% a precios corrientes;

-que esta tasa de aumento, corregida en función de los gastos de pensiones cuyo aumento previsible es del 14,31%, se estima en un 3,5%;

-que la tasa de inflación anual estimada en un 2,7%, la evolución de los tipos de cambio, las tarifas de los servicios públicos y los índices de consumo para determinados servicios, pueden influir en el volumen de determinados gastos;

-que el tipo de conversión FB/ecu utilizado para el cálculo de los créditos solicitados es inferior en un 2,76% al tipo utilizado para el establecimiento del presupuesto 1995;

-que el aumento a 626 del número de diputados al Parlamento, a raíz de las elecciones europeas y de la ampliación, así como la organización de los trabajos de los órganos parlamentarios, no permiten la comparación inmediata de los créditos para determinados sectores entre los ejercicios 1995 y 1996;

3.Subraya que el anteproyecto de estado de previsiones va acompañado de un presupuesto analítico y de un informe sobre la política de personal, de conformidad con la solicitud formulada en las orientaciones relativas al presupuesto de 1996;

4.Establece el estado de previsiones del Parlamento para el ejercicio 1996, que se adjunta en anexo del acta, en un volumen de 762.439.800 ecus en gastos y 51.857.000 ecus en ingresos propios; prevé que la dotación estimada para nueva utilización es de 1.701.000 ecus;

II.ORGANIGRAMA

5.Recuerda que, en el marco del presupuesto rectificativo y suplementario 1/95, el organigrama de su Secretaría General registra una tasa de aumento del 7,45%; estima que se debe responder a toda nueva solicitud mediante la redistribución y la movilidad del personal existente en el conjunto de sus servicios, incluidos las oficinas exteriores de información; que esta gestión de los recursos humanos presupone un análisis profundo de los diferentes puestos que figuran en el cuadro de efectivos y una acción coherente y sostenida de formación profesional que permita incrementar la rentabilidad del capital humano;

6.Señala que en el informe del Secretario General se indica que la evaluación de los empleos puesto por puesto, objeto de un experimento piloto con la colaboración de expertos exteriores, no ha dado los resultados esperados; subraya que el planteamiento cualitativo de "job satisfaction" (satisfacción en el empleo) se ha de subordinar al principio del "interés de la institución" y del lugar que ésta ocupa en el sistema institucional de la Unión;

7.Recuerda, por otra parte, que desde la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea, los nuevos procedimientos legislativos y la evolución del procedimiento presupuestario repercuten directamente en la organización de los trabajos parlamentarios y, en consecuencia, en el dispositivo de asistencia parlamentaria; que el conjunto de estos procedimientos se organiza anualmente mediante un programa; que el examen de las propuestas legislativas que resultan del mismo cubre un amplio abanico de los intereses de la Unión y pone de manifiesto las necesidades de investigación y documentación; que la traducción de estas necesidades en tareas administrativas no debería fomentar la creación de servicios paralelos, sino crear sinergia en la propia Secretaría General; recuerda al respecto su Resolución antes citada sobre las orientaciones relativas al presupuesto de 5 de abril de 1996;

8.Estima, por lo tanto, que es necesario mantener para el ejercicio 1996 el número total del personal que figura en el cuadro de efectivos establecido en el presupuesto de 1995, incluido el PRS 1/95, y continuar la evaluación de los empleos con medios apropiados que tengan en cuenta las necesidades institucionales y los nuevos métodos de gestión de los recursos humanos; considera que esta gestión no debería excluir las nuevas formas de trabajo y tomar en consideración los instrumentos que ofrecen las nuevas tecnologías, sin por ello afectar el papel específico de la institución; señala el interés que puede tener para la institución recurrir nuevamente a la contratación de agentes locales, dentro de los límites previstos por los textos aplicables y en aquellos servicios para los cuales, de conformidad con las orientaciones de los órganos competentes, el Secretario General así lo decida, sobre la base de una petición motivada de la Dirección General interesada y a propuesta de la Dirección General de Personal;

9.Aprovecha la ocasión para pedir al Secretario General que, antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto, presente un informe de evaluación sobre el funcionamiento de la dorsal legislativa y las necesidades funcionales creadas por el procedimiento de codecisión, y que verifique en particular la posible necesidad de una nueva articulación entre los diferentes servicios, tanto los existentes como los que, en su caso, se hayan de crear;

10.Subraya, al respecto, la necesidad de examinar las posibilidades de cooperación interinstitucional que podrían plantearse, en el marco de las soluciones que puede ofrecer el Estatuto de los funcionarios; pide en consecuencia al Secretario General que presente, antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto, un plan de organización de la Secretaría General que permita identificar qué servicios se prestan a la cooperación interinstitucional; recuerda a este respecto los resultados del diálogo a tres bandas del 4 de abril de 1995 sobre la cooperación interinstitucional;

11.Autoriza, por consiguiente, los créditos relativos a las revalorizaciones de los grados siguientes: 4 A5 en A4, 10 A6 en A5, 4 B2 en B1, 54 C2 en C1, 16 C3 en C2, 4 C4 en C3, 9 D2 en D1, 15 LA5 en LA4, 1 A6 temporal en A5 temporal, y 2 A7 en A6 en la secretaría de los Diputados No Inscritos, así como la concesión de 2 revalorizaciones ad personam (1 LA4 en LA3 y 1 C1 en B3);

12.Considera, por otra parte, que el paso de categoría a categoría se regula por las disposiciones estatutarias y debe realizarse mediante la convocatoria de concursos internos de carácter general; subraya que este planteamiento no cuestiona el principio de programación de las carreras confirmado durante los últimos ejercicios presupuestarios;

III.EVOLUCI N DE LOS CRÉDITOS

13.Recuerda que en su Resolución antes citada de 5 de abril de 1995 sobre las orientaciones relativas al presupuesto de 1996 especificó que, para la dotación de los créditos de las líneas presupuestarias, se guiará por los resultados de ejecución de los créditos del presupuesto 1994;

14.Fija los créditos del Título 1 "Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución", en particular los de la partida 1005 "Gastos de viajes especiales en el ejercicio del mandato" en 1.100.000 ecus; los créditos de la partida 1172/1 "Otras prestaciones y trabajos de traducción y mecanografía encomendados a terceros (traducción del acta literal) en 4.000.000 ecus y consigna un crédito de 500.000 ecus en concepto de esta partida en el capítulo 100; observa la reducción a tanto alzado del 4,5% y ajusta en consecuencia los créditos correspondientes del capítulo 11;

15.Recuerda la opinión de su comisión parlamentaria sobre los gastos de alquiler de un edificio provisional en Estrasburgo; consigna en consecuencia, en la partida 2000/2 "Alquileres", un crédito total de 13.985.000 ecus, en el artículo 202/2 "Agua, gas, electricidad y calefacción", un crédito de 1.152.000 ecus, y en el artículo 203/2 "Limpieza y mantenimiento", un crédito de 3.997.000 ecus;

16.Consigna, en el artículo 203 "Limpieza y mantenimiento", tercer subguión "Bruselas", un crédito de 7.326.000 ecus y recuerda que se ha previsto abandonar todos los inmuebles en Bruselas durante 1997, excepto los edificios Montoyer y Espace Léopold, de conformidad con su Resolución de 5 de abril de 1990 sobre la política inmobiliaria del Parlamento ;

17.Consigna, en el artículo 204 "Arreglo de los locales", tercer guión "Bruselas", un crédito de 7.500.000 ecus que parece justificado habida cuenta del calendario pragmático de determinadas obras de acondicionamiento;

18.Consigna, en el artículo 205 "Seguridad y vigilancia de los inmuebles", tercer guión "Bruselas", un crédito de 7.000.000 ecus y un crédito de 834.000 ecus con cargo a este artículo en el capítulo 100 "Créditos provisionales"; pide al respecto al Secretario General que presente un informe sobre el dispositivo del sistema de prevención de los incendios en los edificios y sobre las condiciones de funcionamiento del sistema de seguridad de los inmuebles en Bruselas; restablece, con la dotación de un p.m., el artículo 207 "Construcción de inmuebles"; consigna asimismo, en la partida 2110 "Equipamientos de Telecomunicaciones", un crédito total de 11.032.000 ecus y, en la partida 2311 "Teléfono, telégrafo, telex, televisión", un crédito total de 11.098.000 ecus;

19.Consigna en el artículo 209 "Otros gastos correspondientes a los inmuebles" un crédito de 3.304.000 ecus;

20.Constata que el desarrollo de las actividades del Parlamento en los tres lugares de trabajo se traduce en el mantenimiento de un parque inmobiliario importante; pide en consecuencia al Secretario General que presente, antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto 1996, un informe de evaluación sobre el funcionamiento y organización de los servicios interesados, haciendo especial hincapié en el control de la intendencia, la gestión de los equipos y el mantenimiento de los inmuebles, así como en las incidencias financieras correspondientes, sobre una base plurianual, y ello sin perjuicio de la solicitud del Parlamento, contenida en su Resolución de 17 de marzo de 1995 sobre el cierre de cuentas del ejercicio 1994 (gastos de funcionamiento administrativo) , de que el Tribunal de Cuentas examine el contrato de arrendamiento del Parlamento para el edificio IPE 4 en Estrasburgo antes del verano;

21.Consigna un importe de 200.000 ecus en el capítulo 100 "Créditos provisionales" con cargo al artículo 230 "Papelería y material de oficina" y reitera su petición de un informe que permita constatar las medidas prácticas adoptadas para el reciclado de papel, así como las gestiones efectuadas para la creación de reempleo formulada en el marco del PRS 1/95;

22.Consigna, en el capítulo 101 "Reserva para imprevistos", un crédito de 9.226.000 ecus;

23.Recuerda su Resolución de 5 de abril de 1995 sobre las orientaciones presupuestarias para 1996 y, en particular, su insistencia en la necesidad de facilitar al ciudadano europeo informaciones adecuadas sobre las políticas de la UE y se pedía a los órganos competentes que realizasen una restructuración radical de la política de información del PE conjuntamente con las demás instituciones europeas; señala que sus órganos competentes han establecido una serie de recomendaciones al respecto; que la traducción presupuestaria de estas recomendaciones queda subordinada a la realización de un estudio exterior que medirá la repercusión de la política de información escrita y audiovisual del Parlamento, entre los ciudadanos de la Unión; considera que es necesario emprender inmediatamente las gestiones necesarias para elaborar este estudio con el fin de evaluar la posible incidencia financiera en el marco de la primera lectura del proyecto de presupuesto 1996;

24.Encarga por otra parte al Secretario General que presente, antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto 1996, propuestas concretas para garantizar al máximo la responsabilización de los ordenadores encargados de ejecutar el presupuesto según las orientaciones fijadas por la autoridad política, de conformidad con la reglamentación financiera;

IV.ASISTENTES PARLAMENTARIOS

25.Recuerda sus tomas de posición sobre los asistentes parlamentarios, en particular la solicitud formulada en su Resolución antes citada de 5 de abril de 1995 sobre las orientaciones relativas al presupuesto de 1996; estima que la creación de un dispositivo para los asistentes parlamentarios deberá:

-referirse a los asistentes establecidos en Bruselas;

-ser facultativo;

-especificar que los asistentes que se adhieran a este dispositivo estarán sujetos al régimen de seguridad social y fiscal belga; prever un mecanismo de compensación del diferencial entre la presión social y fiscal belga y la presión social y fiscal media de los Estados miembro de la Unión para este tipo de empleo;

-basarse en el Acta relativa a la elección por sufragio universal directo de los diputados al Parlamento Europeo;

considera, por otra parte, que es necesario elaborar al mismo tiempo una propuesta sobre el estatuto de los asistentes parlamentarios del Parlamento Europeo establecidos en Bruselas;

V.DEFENSOR DEL PUEBLO

26.Restablece para el ejercicio 1996, sobre la base de la nomenclatura utilizada en el PRS 1/95, el volumen de créditos de 1,2 millones de ecus establecido para el Defensor del Pueblo en 1995, en espera de la decisión sobre su nombramiento;

*

* *

27.Otorga gran importancia a la publicación, al finalizar cada uno de los procedimientos presupuestarios anuales, de un informe que explique las prioridades políticas del Parlamento Europeo en el marco del presupuesto de las Comunidades Europeas y que contribuya en primer lugar a informar a los Parlamentos nacionales;

28.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a las instituciones interesadas.

 
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