A4-0111/95
Resolución sobre el "Libro Verde sobre la liberalización de la infraestructura de las telecomunicaciones y las redes de televisión por cable" (Parte II) (COM(949)0682 - C4 - 0030/95)
El Parlamento Europeo,
-Visto el Libro Verde de la Comisión sobre la liberalización de la infraestructura de las telecomunicaciones y las redes de televisión por cable - Parte II (COM(94)0682 - C4-0030/95),
-Vista su Resolución de 30 de noviembre de 1994 sobre la recomendación al Consejo Europeo: "Europa y la sociedad global de la información" y sobre la comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones "Europa en marcha hacia la sociedad de la información - plan de actuación" (COM(94)0347),
-Visto el Libro Verde de la Comisión sobre la liberalización de la infraestructura de las telecomunicaciones y las redes de comunicación por cable - Parte I y la subsiguiente Resolución del Parlamento del 7 de abril de 1995 ,
-Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial y las opiniones de la Comisión de Asuntos Sociales y Empleo, de la Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía, la Comisión de Cultura, Juventud, Educación y Medios de Comunicación y de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos de los Ciudadanos (A4-0111/95),
Servicio universal
1.Señala a la atención de la Comisión y del Consejo la necesidad de garantizar a todos los ciudadanos de la Unión un servicio universal asequible con un elevado nivel de calidad y con tiempos de conexión aceptables, y pide que la Comisión defina las disposiciones relativas al servicio universal y las presente con carácter urgente;
2.Solicita que se establezca una relación básica mínima de los servicios e infraestructuras que componen los contenidos específicos para la provisión de un servicio universal a nivel de la Unión de conformidad con los distintos tipos de usuarios implicados, es decir, básicamente usuarios con ingresos reducidos y con necesidades de llamada limitadas, usuarios particulares de tipo medio, pequeñas empresas, y comunidades o servicios comunitarios como escuelas, hospitales, etc., y que se actualicen periódicamente para mantenerse a la par con la ampliación de circuitos de mayor amplitud y otros desarrollos tecnológicos, especialmente la digitalización;
3.Pide la creación de fondos de servicio universal nacional para financiar, sobre la base de los costes reales, el gasto de la provisión del servicio universal; dichos fondos habrán de ser aportados por todos los operadores de infraestructura y servicios proporcionalmente a sus respectivas participaciones en el mercado y el beneficio bruto de sus ingresos; considera, en cualquier caso, que se debe proceder a un progresivo reajuste de tarifas antes del 1 de enero de 1998;
4.Recuerda que la operación efectiva de un mercado europeo de telecomunicaciones liberalizado no podrá facilitar a los usuarios una verdadera libertad de elección si no se cumplen las siguientes condiciones:
-preservación del número de llamada personal,
-servicios de directorio universales gratuitos o a un coste nominal,
-transparencia en la fijación de precios y en la facturación;
5.Comunica que el Parlamento piensa insistir en el paralelismo de las propuestas legislativas sobre la liberalización de las telecomunicaciones y la definición y aplicación del servicio universal; pide al Consejo que trate este problema en su reunión del 13 de junio de 1995 y a la Comisión que presente urgentemente propuestas pormenorizadas que deberían contemplar, entre otros, los siguientes aspectos:
-quién tiene derecho a realizar servicios básicos
-quién debe proporcionar servicios básicos
-qué se necesita para garantizar el servicio universal
-quién debe realizar la interconexión
-qué se considera permisible.
6.Considera que las fuerzas del mercado por sí solas no facilitarán la cobertura necesaria de la totalidad de la Unión ni promoverán los servicios socialmente más beneficiosos y pide que se realicen inversiones públicas para lograr la masa crítica en las nuevas tecnologías y aplicaciones;
Competencia, interconexión, interoperabilidad y derechos de acceso
7.Apoya el punto de vista de la Comisión de que los derechos y obligaciones de los proveedores de infraestructura para asegurar la interconexión deben quedar recogidos en una directiva ORA sobre la interconexión, dejando sin embargo que la realización de la interconexión y la interoperabilidad se lleve a cabo sobre la base de un contrato entre operadores;
8.Considera que es esencial el mantenimiento de los niveles técnicos de interconexión e interoperabilidad y que se debe hacer hincapié en los niveles técnicos de la infraestructura material y la fabricación de equipos, junto con software de nivel inferior, y solicita a la Comisión que examine la conveniencia de establecer un Foro de la industria que actúe en colaboración con los fabricantes europeos del sector de las telecomunicaciones y de la electrónica, con el fin de discutir estas cuestiones y de proporcionar información a las organizaciones existentes;
9.Confía en que la principal preocupación de todas las partes -Comisión, Consejo, operadores, proveedores de servicios y aparatos- sea la de evitar normas incompatibles y contar para este fin con los organismos europeos e internacionales existentes;
10.Expresa, sin embargo, su preocupación ante el riesgo de que el modo en que se han establecido algunos acuerdos de interconexión pueda conducir a situaciones de monopolio o a tratos encaminados a repartir el mercado entre algunos operadores de primera categoría, y pide, por tanto, que se establezca una autoridad de control europea con sólidos poderes reguladores y de intervención que se puedan ejercer en coordinación con los de las autoridades reguladoras nacionales, y que tengan capacidad para resolver conflictos bajo la supervisión de las autoridades judiciales de la Unión;
11.Pide a la autoridad reguladora europea que garantice que la concesión de licencias se supedite a medidas de salvaguardia contra la utilización de redes para actividades delictivas y antisociales, por ejemplo la pornografía, y que se apliquen normas estrictas para la protección de los derechos de los consumidores así como para la protección de la compra y los nuevos servicios;
12.Solicita que no se lleven a cabo intentos para limitar el número de licencias concedidas en el ámbito de infraestructuras y servicios; considera que la denegación de licencias se debe producir únicamente en aquellos casos en que las empresas no puedan demostrar su capacidad para satisfacer criterios objetivos por lo que respecta a normas técnicas, nivel de calidad y obligaciones relativas al servicio universal, entre otras;
13.Pide que se preste especial atención al libre acceso de los competidores a toda red adecuada y pide que los operadores de red que deseen proveer servicios mantengan estas funciones separadas mediante la aplicación de un sistema de contabilidad transparente y no concedan, ni a sí mismos ni a interlocutores específicos, accesos, términos o condiciones privilegiados;
14.Pide que los centros educativos tengan acceso en las mismas condiciones financieras, independientemente de su ubicación;
15.Pide la creación de redes públicas de información totalmente equipadas y actualizadas en las once lenguas oficiales, así como la creación de un "espacio público" financiado con unos tipos preferentes, con el objeto de que todo el mundo pueda acceder a estos servicios, así como la utilización de una combinación de fondos europeos y nacionales con el objeto de que las lenguas menos utilizadas de la Unión Europea puedan acceder, asimismo, a estas redes;
16.Solicita que se garantice plena reciprocidad en la totalidad del sector, por ejemplo, permitiendo a las empresas por cable que compitan por los servicios de telefonía y a los operadores del sector de telecomunicaciones por la retransmisión por cable de películas y programas televisivos;
17.Recuerda que se debe garantizar el libre acceso no solamente a las líneas de larga distancia, sino también a la "red local" mediante, por ejemplo, la coparticipación obligatoria en las líneas y la coparticipación obligatoria en los medios en general teniendo en cuenta la necesaria integridad de la red;
18.Señala que muchas zonas apartadas se encuentran actualmente aisladas de las comunicaciones móviles, y pide que se recurra a fondos especiales para la inversión especial y la investigación con el objeto de garantizar la inclusión de estas redes en las zonas apartadas;
Aspectos sociales y medioambientales
19.Lamenta que se preste escasa atención a los aspectos sociales de la liberalización y pide un análisis detallado de los costes y beneficios en términos de empleo que se derivarán de la misma;
20.Opina que la protección de los datos debe estar regulada de manera que:
a)los datos individuales y sensible se mantengan en el ámbito jurídico del individuo;
b)el individuo tenga derecho a acceder a sus datos personales;
c)no se obstaculice la evolución de los mercados electrónicos y de la innovación en el ámbito de las redes;
d)se garantice la protección de los datos y la protección de la información confidencial y sensible;
e)se aborden los asuntos relativos a la protección de la propiedad intelectual mediante soluciones técnicas en los casos en que sea posible y mediante medidas de regulación cuando exista la posibilidad de abusos;
21.Pide a la Comisión que presente propuestas específicas para reciclar al personal de operaciones de telecomunicaciones cuyos puestos de trabajo resulte imposible mantener tal como existen en la actualidad al crearse un nuevo régimen;
22.Pide a la Comisión que presente propuestas encaminadas a fomentar el desarrollo de nuevos servicios en el sector, con el fin de crear empleo en estas áreas;
23.Aboga por una reforma del sistema educativo que permita no sólo realizar libremente investigaciones de base que también puedan coordinarse a nivel internacional sino, también, llevar a cabo una formación permanente a lo largo de toda la vida para estar al día en cuanto a los avances tecnológicos;
24.Insta a la Comisión a que elabore directivas relativas a los derechos y obligaciones de los trabajadores a domicilio y que los equipare jurídicamente a los que trabajan fuera de éste;
25.Pide que, pese a su carácter estratégico, la realización de nuevas redes de infraestructura de telecomunicaciones alternativas esté sujeta a las mismas normas medioambientales que otras construcciones similares;
Cuestiones culturales
26.Pide a la Comisión que tome en consideración los aspectos culturales, económicos y sociales, así como el establecimiento de algún tipo de regulación con el fin de garantizar la protección de la diversidad cultural, la pluralidad y la identidad europea; pide a la Comisión que realice estudios sobre las repercusiones culturales y lingüísticas así, como sobre las repercusiones sobre el empleo de la liberalización de las telecomunicaciones y de las redes de televisión por cable;
27.Señala que el sector de la radiodifusión (televisión y radio) necesita un marco legal e independiente con un fundamento jurídico y unos procedimientos para la concesión de licencias propias a causa de sus características específicas y de sus efectos sobre la sociedad de la información y la cultura;
28.Rechaza la idea de que los operadores de red deberían tener libertad para decidir qué emisiones (televisión y radio) se van a distribuir por las redes por cable, y pide el mantenimiento de las denominadas "normas obligatorias" para los programas de radiodifusión;
29.Señala que, en caso de la escasez de capacidades y frecuencias, se ha de dar prioridad a los programas de radiodifusión (televisión y radio) en las decisiones sobre el acceso con respecto a los servicios de telecomunicación y a otros servicios polivalentes, y que las redes y frecuencias que se han utilizado en el pasado para la radiodifusión (televisión y radio) deberían utilizarse en el futuro primordialmente para la radiodifusión;
Cuestiones internacionales
30.Espera que el desarrollo de enfoques comunes relativos a las normas, la interconexión y la interoperabilidad, así como a los servicios de software se organice de modo que se mantenga la compatibilidad en las comunicaciones y servicios con terceros países;
31.Observa que el mercado de la Unión Europea será sin duda en 1998 mucho más libre que en cualquier otro país del mundo y recuerda sus resoluciones previas en las que insistía en la necesidad de una reprocidad estricta por parte de los terceros países que deseen ejercer servicios o facilitar infraestructura en Europa;
32.Pide que se preste una atención especial a los países de la Europa oriental, ayudándoles a desarrollar sus infraestructuras de telecomunicación en consonancia con el resto de la UE;
33.Pide a la Comisión que presente propuestas normativas específicas que incluyan los pre-requisitos antes mencionados;
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34.Encarga a su Presidente que transmita esta opinión al Consejo y a la Comisión.