A4-0136/95
Resolución sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre un plan de acción de la Unión Europea en materia de lucha contra la droga (1995 - 1999) (COM(94)0234 - C4-0107/94)
El Parlamento Europeo,
-Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo (COM(94)0234 - C4-0107/94),
-Visto el Tratado de la Unión Europea y en particular los puntos 4 y 9 de su artículo K.1, y el Tratado CE y en particular su artículo 129,
-Vistas sus resoluciones de 9 de octubre de 1986 sobre el problema de la droga y de 13 de mayo de 1992 sobre el trabajo realizado por la Comisión de investigación sobre el tráfico de drogas , en relación con los informes de su Comisión de investigación del problema de las drogas en los países de la Comunidad Europea y de su Comisión de investigación de la difusión de la delincuencia organizada vinculada al tráfico de drogas en los países de la Comunidad,
-Vistos el informe de la Comisión de Libertades Públicas y de Asuntos Interiores y las opiniones de la Comisión de Asuntos Sociales y Empleo, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Desarrollo y Cooperación, de la Comisión de Asuntos Exteriores, Seguridad y Política de Defensa, de la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor y de la Comisión de Cultura, Juventud, Educación y Medios de Comunicación (A4-0136/95),
A.Considerando que la política de lucha contra las drogas debe ser considerada como una competencia compartida entre la Unión Europea y los Estados miembros,
B.Considerando que va en interés de la Unión Europea limitar la demanda de drogas y adoptar diversos tipos de medidas para combatir el uso personal, la dependencia y la necesidad de drogas;
C.Considerando que los principales hechos institucionales desde 1992 han sido la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea con sus referencias específicas a la droga, la creación de la unidad de drogas de Europol en La Haya y la creación del Observatorio Europeo de la Droga y de las Toxicomanías en Lisboa, en estrecha colaboración con la red asociada de centros de información nacionales sobre las toxicomanías, conocido como REITOX,
D.Considerando que la aparición de nuevos mercados de la droga y de organizaciones dedicadas al tráfico de droga en los países de la Europa central y oriental, así como la canalización de fondos hacia negocios legales dirigidos por la mafia y otras organizaciones delictivas, están dando lugar a nuevos problemas,
E.Considerando que mientras haya demanda de drogas, y siempre la habrá, habrá también oferta,
F.Considerando que las políticas actuales no han podido impedir en manera alguna que el tráfico de drogas haya continuado floreciendo durante años, ni que éste se halle más afianzado que nunca,
G.Considerando que en algunos Estados miembros de la Unión Europea existe una discrepancia entre la política en materia de lucha contra la droga realmente aplicada a nivel regional o municipal de ciudades y pueblos y la postura oficial en materia de drogas a nivel nacional,
H.Considerando la actual falta de coordinación y las enormes divergencias en cuanto a los métodos utilizados a la hora de recabar información sobre cultivos y considerando que se ha gastado mucho dinero en erradicar los cultivos de opio y de coca y en sustituirlos por cultivos alternativos, mientras que los traficantes de droga siempre consiguen aumentar el precio que se ofrece por los cultivos de droga por encima de los precios de los cultivos sustitutivos,
I. Considerando la importancia vital de una estrategia integrada y global para combatir el problema multifacético de la droga y la toxicomanía, vinculado a plagas sociales tales como la exclusión social y el desempleo en la Unión Europea,
J.Considerando la insuficiencia de disposiciones financieras adecuadas tanto a nivel nacional como de la UE, sugiere enérgicamente la utilización de los activos incautados en las operaciones de lucha contra la droga para proporcionar una mayor ayuda económica a las acciones dirigidas a la reducción de la demanda y a programas de rehabilitación destinados, especialmente, a grupos de alto riesgo,
K.Considerando que la Comunicación de la Comisión, a pesar de grandes méritos como el reconocimiento de que el problema de la droga debe tratarse de forma integral, no consigue presentar la importancia del problema en términos humanos ni analizar con el debido detalle las causas y las consecuencias de este fenómeno y hubiera tenido mayor trascendencia si la Comisión hubiera presentado de manera conjunta el plan de acción en materia de lucha contra la droga y la propuesta relativa a la prevención de la toxicomanía,
L.Considerando que esto se debe en parte a las dificultades derivadas de la división de competencias en materia de drogas a raíz de la aplicación del Artículo K del Tratado de la Unión Europea,
M.Considerando que altos funcionarios de la Comisión, del Programa de las Naciones Unidas para el Control Internacional de las Drogas, del Departamento de Estado Norteamericano y otros han coincidido en señalar que el Tratado de la Unión Europea, lejos de contribuir a la mejora de la eficacia y la determinación en la lucha contra la droga con cierta coordinación, ha llevado a la ofuscación y ha originado nueva confusión sobre las competencias de cada uno,
N.Considerando, que a pesar de las mejoras producidas en algunos sectores, la cooperación entre los distintos países de la Unión Europea y con los Estados Unidos sigue resultando insuficiente, como ponen de manifiesto las distintas políticas discrepantes en zonas como el Caribe y otras que se consideran paraísos fiscales y que son de fácil acceso para los traficantes de drogas, la colaboración de centros de información, la cooperación en relación con técnicas y sistemas de blanqueo de dinero y la aplicación de programas de formación y equipamiento en la Europa oriental, especialmente a lo largo de las fronteras con la UE,
1.Pide al Consejo Europeo que apruebe el plan de acción para 1995-1999, en el que se reconoce que debe prestarse a la prevención y a la reducción de riesgos al menos tanta atención como a la legislación y a la represión relativas a la droga y al tráfico de droga, e insiste en que deben establecerse claramente las responsabilidades de la Comisión y del Consejo para garantizar que no se retrasan los progresos;
2.Subraya que el plan de acción debe abordar todos los eslabones de la cadena, desde las fuentes hasta la educación, la sanidad y la rehabilitación, pasando por el tráfico delictivo;
3.Pide a la Comisión que concrete y ejecute cuanto antes el plan de acción;
4.Recomienda a la Comisión y al Consejo que estudien y prevean seriamente hipótesis alternativas a las estrategias que se han aplicado hasta ahora basadas en un estudio científico y estadístico de los resultados reales de la estrategia actual;
5.Insiste en la necesidad de cooperación y de superar la rivalidad entre las instituciones de la Unión Europea y sus organismos mediante una clara definición de los objetivos y de sus funciones respectivas;
6.Considera que demasiado a menudo las políticas aplicadas para luchar contra la droga no distinguen lo suficiente entre consumidores y traficantes, por lo que es preciso centrar en el futuro los esfuerzos de represión en la delincuencia organizada que gestiona el tráfico de drogas ilegales; y considera que se debería ofrecer a los toxicómanos programas de atención sanitaria y social que no corran el peligro de verse obstaculizados por la represión;
7.Considera fundamental el tratamiento de las cuestiones relativas a la disminución de la demanda, al opinar que la mejor forma de prevención es poner en práctica políticas orientadas a la eliminación de situaciones de vulnerabilidad que contribuyan a la disminución del desempleo, de la pobreza, de la exclusión social y a la supresión de fenómenos de racismo y xenofobia, y que conduzcan a un mayor éxito escolar, a una mejor formación, a mejores condiciones medioambientales de vivienda y a una mayor estabilidad y diálogo familiar y social;
8.Desea que se profundice la colaboración y el diálogo permanente con todas las organizaciones internacionales que actúan en materia de lucha contra la droga, así como con terceros países interesados;
9.Desea, asimismo, que se remita también al Parlamento Europeo el informe que tiene previsto elaborar la Comisión en el segundo semestre de 1996 con los ajustes que considere necesarios;
En lo que se refiere al Consejo
10.En espera de la revisión de los Tratados, pide que se haga el mayor uso de las posibilidades de acción en los ámbitos de la justicia y de los asuntos interiores con arreglo al Título VI del Tratado de la Unión Europea, en particular:
i)un mayor incremento de la cooperación entre los servicios de policia y de aduanas, que haga uso de instrumentos perfeccionados, como las bases de datos informáticas, la comunicación por satélite y las técnicas descriptivas con vistas a combatir el tráfico de drogas;
ii)la celebración del Convenio Europol antes del Consejo Europeo de Cannes, junto con la aprobación de las medidas necesarias para garantizar que la unidad de drogas de Europol pueda actuar eficazmente hasta que se ratifique el Convenio; y esto a condición de que se prevea un control judicial e (inter)parlamentario adecuado, la asignación de competencias al Tribunal de Justicia y al Tribunal de Cuentas, la protección real y efectiva de los derechos humanos, del derecho a la intimidad y del derecho de los ciudadanos a acceder a los datos que les afecten;
iii)en relación con Europol, pide la creación de un sistema central eficaz para recabar información relativa a las actividades, los métodos y el desarrollo de la delincuencia internacional organizada, y del tráfico de drogas en particular. Esto ha de realizarse de tal manera que la información pueda ser utilizada de manera eficaz por los Estados miembros a la hora de hacer frente conjuntamente o por separado a los delincuentes y a las organizaciones criminales y operaciones promovidas por ellos;
iv)insiste en que Europol debe coordinar plenamente sus actividades con Interpol, con el Programa de las Naciones Unidas para el Control Internacional de las Drogas (PNUCID), el Grupo de Acción Financiera contra el blanqueo de dinero procedente de la droga (GAFI) y con las fuentes de información de los Estados Unidos para suprimir duplicaciones costosas e innecesarias y distribuir las competencias de manera que se garantice una mayor eficacia; recomienda la creación de un comité en materia de delincuencia internacional para conseguir este objetivo;
v)desea que en la UE se elabore una reglamentación por la que los bienes muebles e inmuebles confiscados pertenecientes a personas condenadas en relación con algún delito de drogas puedan decomisarse en todo el territorio de la Unión; los fondos así constituidos se destinarán a la reinserción y asistencia a drogodependientes, la prevención de la drogadicción, a la lucha contra el tráfico de drogas y a la cooperación con las organizaciones internacionales;
vi)a la vez que reconoce la competencia de los tribunales nacionales para juzgar a los traficantes de droga y otras personas involucradas en el tráfico de drogas, recomienda encarecidamente, no obstante, que los Estados miembros aproximen sus posturas en la medida de lo posible y procedan a un pleno intercambio de la información en relación con las condenas; en particular, el principal objetivo será hacer que no exista ningún refugio relativamente seguro dentro de la UE para los delincuentes organizados a gran escala y sus bandas;
vii)la simplificación y aceleración del proceso de extradición entre los Estados miembros (regido en la actualidad por el Convenio Europeo en materia de Extradición firmado por todos los Estados miembros excepto Bélgica), mediante la aplicación o conclusión de los convenios pertinentes sobre simplificación de los procedimientos, sobre los cuales el Consejo debe consultar al Parlamento Europeo en su momento, y sobre flexibilización o eliminación de las condiciones legales que permiten denegar la extradición;
11.Subraya la urgente necesidad de un incremento de los recursos técnicos y humanos en los principales puertos de acceso de la Unión Europea, de manera que no vean menguada su capacidad de evaluación y análisis; confía en que puedan crearse, allí donde sea posible, unidades multinacionales que faciliten la comunicación con los posibles países de destino de cargamentos sospechosos de transportar drogas y que se mejoren las técnicas y la utilización de las "entregas controladas";
En lo que se refiere a la Comisión Europea
12.Insta a aquellos Estados miembros que aún no hayan aplicado plenamente la Directiva comunitaria relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales que así lo hagan a la mayor brevedad; considera que esta legislación debería ampliarse a otros países, especialmente a los del EEE; pide que se adopten medidas más estrictas y coordinadas dentro de la UE y con el FIN-CEN (Red para la Vigilancia de la Delincuencia de Carácter Financiero) estadounidense para abordar este aspecto cada vez más importante de la delincuencia organizada a nivel mundial; pide que se presenten propuestas de medidas más rigurosas y coordinadas para hacer frente al blanqueo de dinero, en las que se subraye el hecho de que los bancos y las instituciones financieras son responsables de que su formación en el ámbito de las técnicas de interceptación resulten eficaces; piensa que debe producirse un aumento radical de las inversiones en técnicas y equipos de última hora para detectar los movimientos
de dinero negro y de aquellos que los organizan; subraya que hay que hay que centrarse en particular en investigar en qué sectores económicos se reinvierten los beneficios procedentes de la delincuencia y de qué manera repercuten estas reinversiones sobre los sectores económicos en cuestión;
13.Considera que debería adoptarse legislación relativa a la prevención del blanqueo de capitales que abarcara sectores económicos que son utilizados cada vez más con tal fin;
14.Pide a la Comisión que estudie las denuncias hechas por medios de comunicación europeos relativas a la existencia de países europeos que producen sustancias narcóticas con vistas a su venta;
15.Pide a la Comisión que fomente, en el marco de la Directiva 91/308/CEE, la constitución de un organismo permanente de coordinación entre las instituciones financieras de los Estados miembros, con objeto de intercambiar información sobre las transacciones sospechosas, y apoye a todos los organismos de cooperación policial en Europa que se ocupan de la lucha contra el tráfico de drogas;
16.Hace hincapié en su recomendación de establecer vínculos más estrechos entre los grandes fabricantes químicos y las asociaciones de químicos así como de eliminar los obstáculos a la inspección;
17.Considera imprescindible que la legislación comunitaria relativa al control de la producción y comercio ilegales de determinadas sustancias utilizadas en la producción de estupefacientes y sustancias psicotrópicas se amplíe a todos los Estados miembros, y puedan hacerla suya todos los países del EEE. Asimismo, resulta indispensable intentar seguir introduciéndola en los acuerdos bilaterales que se establezcan en el futuro con todos los terceros países sensibles;
18.Se adhiere a la petición de la Comisión de crear un sistema centralizado para recabar información científica basada en el análisis técnico de las capturas de alijos de droga en Europa;
19.Pide que se realice una evaluación pormenorizada de las experiencias piloto de desarrollo alternativo realizadas en los países productores de cultivos ilegales;
20.Pide un estudio coordinado a gran escala, en todos los países de la UE y en todos los países de la Europa central y oriental, del crecimiento de la delincuencia organizada vinculada al tráfico de drogas y al blanqueo de dinero, así como de la corrupción de los organismos públicos y los políticos que propician la delincuencia organizada;
21.Pide que los países de la UE fomenten una mejor cooperación internacional, siempre dentro del marco de la política de las Naciones Unidas para el control internacional de las drogas y los Convenios relacionados con la misma;
22.Pide un estudio global del estado de la droga y de las toxicomanías en las cárceles de la UE así como políticas para ayudar también a los toxicómanos que se encuentran en prisión a rehabilitarse e integrarse en la sociedad después de su liberación, y que, en la medida de lo posible, no se encarcele a los toxicómanos sino que se les preste asistencia en otros centros;
23.Recomienda que, con la información que se obtenga con sus estudios, se estudien los efectos de las diversas políticas sobre la droga que se aplican en los diferentes países, incluyendo las iniciativas de ayuda, para determinar cuáles son las más eficaces y llegar así a un enfoque común sobre la manera de hacer frente, tanto con métodos represivos como preventivos, a la delincuencia y al problema de la droga de la forma más eficaz posible, y que se pongan los resultados de dichos estudios a disposición del Parlamento Europeo y de los Parlamentos nacionales;
24.Hace hincapié en que un estudio de estas características debería incluir una comparación pormenorizada entre las políticas de reducción de riesgos, como las que han llevado a cabo ciudades como Francfort, Hamburgo, Amsterdam y Zurich, signatarias de la Resolución de Francfort de 22 de noviembre de 1990 y reunidas en la organización European Cities on Drug Policy (ECDP), por una parte, y las políticas de control de drogas más rigurosas que aplican ciudades como Berlín, Dublín, Londres, París, Madrid Estocolmo y otras 19 ciudades europeas, signatarias y miembros de la organización "European cities against drugs" (Ciudades europeas contra las drogas);
En lo que se refiere al Observatorio europeo de la droga y las toxicomanías (OEDT)
25.Reconoce que en la UE existen diferentes enfoques ante el problema de la droga, como demuestran, por ejemplo, la actitud frente al hachís en los Países Bajos en comparación con la que se adopta en Alemania, y, por consiguiente, subraya que el Observatorio europeo de la droga habrá de analizar la naturaleza de estas diferencias a través de un estudio multidisciplinario en el que se relacionen, por una parte, las distintas opciones políticas como la represión, la prevención y la "paliación de los daños", y, por otra, la situación en el ámbito de la sanidad, la criminalidad y la corrupción, en una serie de evaluaciones coherentes acerca de los efectos de las distintas políticas; también subraya la necesidad de que el Observatorio dé prioridad a la creación de una base de datos que muestre la cantidad y la tendencia de las diferentes drogas que se utilizan, los efectos que producen en sus consumidores y en los toxicómanos, los resultados de las investigaciones tanto médicas como epidemiológicas y, asimismo, e
l trasfondo y las razones sociales del uso de drogas y la responsabilidad de los propios toxicómanos; dicha base de datos también debe insistir en la eficacia de las diferentes medidas que se aplican, no sólo a nivel nacional sino también regional y local, las repercusiones de las actividades delictivas cometidas por drogadictos para obtener dinero con el fin de comprar droga y la consiguiente estabilidad de la sociedad; dicha base de datos abarcará cada uno de los aspectos de las políticas en vigor y de las experiencias piloto, a fin de medir exactamente su amplitud, los costes y la eficacia, teniendo en cuenta los aspectos sanitarios, sociales, de represión policial, aduanera y judicial, los aspectos económicos, financieros, criminológicos...;
26.Insiste en que, desde el principio, se ha de garantizar una comunicación eficaz entre la base de datos central y las bases de datos nacionales para aprovechar al máximo la información existente y evitar duplicaciones innecesarias. Se han de acordar métodos analíticos comunes con el Observatorio Europeo de las Drogas y con los Estados miembros para recabar datos relacionados con las drogas. Insiste en que una de las primeras prioridades del Observatorio Europeo de las Drogas habrá de ser examinar los motivos esenciales que llevan a las personas al consumo de drogas y qué medidas han tenido más éxito a la hora de prevenir y paliar el problema;
27.Opina que para la realización de un estudio multidisciplinario será necesario que el Observatorio Europeo de las Drogas disponga en todo momento de los datos más recientes de los Estados miembros en relación con los aspectos jurídicos, el reparto de competencias entre los distintos niveles de la administración, la política de prevención y tratamiento, e información práctica y estadísticas sobre el tráfico y el consumo de drogas, las enfermedades transmitidas por el consumo de las mismas, la delincuencia y la seguridad;
28. Constata que el OEDT desempeñará un papel fundamental en la aplicación del Plan de Acción y desea que este observatorio pueda disponer de todos los medios técnicos, humanos y financieros necesarios para su funcionamiento;
29.Considera imprescindible que los informes anuales del OEDT, así como el programa de trabajo trienal y otros que prepare el correspondiente Consejo de Administración, se remitan también al Parlamento Europeo;
30.Considera fundamental que sea transparente el funcionamiento del OEDT con objeto de que los ciudadanos confíen en dicho observatorio, facilitando el acceso de las instituciones de la sociedad civil a la información recabada y a los datos estadísticos producidos por dicho observatorio;
En lo que se refiere a los Estados miembros
31.Pide a la Conferencia Intergubernamental de 1996 que sitúe la lucha contra la droga en el marco de la política comunitaria de forma que ya no resulte seriamente obstaculizada por la división entre los tres pilares, agravada por otras divisiones de competencias en el seno del tercer pilar;
32.Pide a los Estados miembros interesados que transpongan en su legislación nacional la directiva comunitaria sobre productos químicos y precursores sin más demora y que firmen el Convenio de las Naciones Unidas sobre la fabricación y comercialización de sustancias utilizadas en la elaboración ilegal de estupefacientes y drogas sintéticas;
33.Pide a los Estados miembros que todavía no lo hayan hecho que establezcan políticas de reducción de los riesgos vinculados al consumo de drogas;
34.Propone que, junto a la cooperación a nivel europeo, en los Estados miembros se establezca también una cooperación y un diálogo intenso a nivel de regiones, de municipios y de regiones fronterizas, en el que las experiencias concretas en relación con la política en materia de drogas a nivel regional, municipal y de regiones fronterizas, marquen la pauta del debate;
35.Propone que se cree en cada Estado miembro de la UE y en cada país fronterizo de la UE una unidad nacional de información sobre la droga, en la medida de lo posible incorporada a un servicio nacional de investigación criminal, pero con una clara identidad propia, y que dichas unidades estén adecuadamente financiadas y dirigidas por personal competente;
36.Insiste en la necesidad de aumentar la información y el diálogo en materia de detención, juicio y condena y que se haga un serio esfuerzo para aproximar las prácticas actuales, reconociendo al mismo tiempo que este es un asunto que debe seguir siendo competencia de los Estados miembros;
37.Insta a los Estados miembros a una mayor cooperación en el ámbito penal en materia de delincuencia relacionada con las drogas, y más concretamente en lo referente a la extradición y a que se fomente la cooperación a nivel local entre los servicios de policía, los poderes judiciales y el personal del sector asistencial;
38.Insta a los Estados miembros a que dediquen más recursos a sus programas nacionales de formación de asesores y de rehabilitación de toxicómanos en el seno de la sociedad, teniendo en cuenta la experiencia adquirida a nivel de la UE y promoviendo activamente los mejores métodos de rehabilitación y la difusión de la información;
39.Insta a los Estados miembros a que consideren modalidades perfeccionadas de obtención y coordinación de la información bancaria que permitan el seguimiento efectivo de todas las transacciones presuntamente relacionadas con los beneficios de la droga;
En lo que se refiere a los países productores
40.Solicita una mejor cooperación en materia de recopilación de estadísticas significativas en los ámbitos relacionados con la siembra, el cultivo y la recolección de cosechas de opio, coca y cannabis, haciendo uso de las últimas técnicas que brindan los satélites y viéndose complementadas con inspecciones sistemáticas "sobre el terreno";
41.Hace hincapié asimismo en la oferta de alternativas en los países productores, con objeto de que la producción de drogas deje de ser una necesidad vital, en particular mediante acciones comunes en el marco de la política exterior y de seguridad común o en el marco de los acuerdos de cooperación con terceros países (Convenio de Lomé y política de desarrollo);
42.Pide que la Comisión le envíe evaluaciones sobre la participación de la misma en programas PNUCID y que le informe con regularidad sobre el grado en que se hace partícipes a las poblaciones de los países de cultivo en la planificación y ejecución de los programas de sustitución, tal como se pidió en el comentario a la línea presupuestaria B7-5080;
43.Considera importante para los países de cultivo de materia prima para drogas que se fomenten alternativas comerciales y pide a la Comisión que preste su apoyo a proyectos e importaciones acordes con los principios de un comercio justo "fair trade" desde estos países con el fin de ofrecer a un mayor número de campesinos la posibilidad de cultivar y comercializar a un precio interesante productos de sustitución;
44.Considera positivo mantener los SPG en los acuerdos establecidos y en curso, siempre que se sometan a una evaluación periódica, sistemática, concreta e independiente que permita conocer sus efectos reales en la disminución de la producción de materias primas destinadas a la fabricación de drogas;
45.Considera que el SPG debe beneficiar directamente a los campesinos poco favorecidos que buscaban hasta ahora un modo de subsistencia en la producción de materias primas destinadas a la producción de drogas o que están a punto de hacerlo y pide que la Comisión le informe de manera regular sobre el porcentaje del SPG que beneficia a estos sectores de productores;
46.Pide que la Comisión le informe sobre las medidas con las que piensa fomentar en la zona andina y en los países de la América Central el cultivo de productos legales que no entran en el ámbito del SPG;
47.Considera fundamental que los futuros acuerdos con países sensibles sean objeto de una reflexión ponderada y de un diálogo local en profundidad, a fin de que en dichos acuerdos se contemplen nuevas formulaciones destinadas a intentar el fomento de la sustitución de cultivos mediante el apoyo a la creación de otras actividades, tanto en la agricultura como en el comercio y en la industria, que resulten económicamente atractivas para la población local;
48.Pide que se produzca un cambio sustancial en la manera en que se invierten fondos para la erradicación y sustitución de cultivos. En este sentido, recuerda los escasos logros de las iniciativas adoptadas por Estados Unidos y otros países en Perú y Bolivia y por las Naciones Unidas y otros países en Asia sudoriental (Birmania) y en Asia nororiental (Afganistán), a sabiendas de que los países meridionales de la CEI constituyen un nuevo terreno abonado para los cultivos tanto de opio como de cannabis;
49.Pide a la Comisión que lleve a cabo un estudio sobre la extensión de los cultivos destinados a la producción de drogas en relación con el aumento de las exportaciones de productos alimenticios a bajo precio de la UE a las zonas de cultivos destinados a la elaboración de drogas y que le informe sobre las consecuencias que proceda sacar de este estudio;
50.Subraya que la eliminación de cultivos por vía aérea sólo puede llevarse a cabo preservando el necesario respeto de la seguridad medioambiental y de las condiciones de vida de la población local;
51.Señala que es preciso intervenir con rapidez y eficacia cuando se cultivan por vez primera plantas narcóticas en nuevas zonas, habida cuenta de que ello no tiene relación alguna con el modo de vida "tradicional" de los agricultores locales; insiste en que en cualquier acuerdo comercial de la UE con países productores de droga se debe tener en cuenta la voluntad de éstos de reducir las superficies cultivadas;
52.Considera que no deben tenerse en cuenta apoyos a la erradicación de cultivos mediante la utilización de medios represivos;
En lo que se refiere a las repercusiones financieras
53.Considera que las reducciones drásticas de la financiación pública y los presupuestos nacionales, especialmente en relación con la asistencia sanitaria, imposibilitan las políticas de sanidad y prevención; hace hincapié en la necesidad de contar en el presupuesto de la Unión Europea con suficientes medios para los próximos cinco años;
54.Pide que se realice una evaluación de la eficacia de los escasos fondos que se destinan a la erradicación y sustitución de cultivos en comparación con los que se destinan a la información sobre la delincuencia y al aumento de la vigilancia y de las labores de detección en las fronteras;
55.Pide toda la ayuda posible en el marco de PHARE y otros programas destinados a los países de la Europa central y oriental a la hora de elaborar su propia política de prevención de drogas y sus estrategias de paliación de los daños, así como la actualización de sus propios servicios de investigación y recursos operativos;
56.Recomienda una mayor cooperación entre los Estados miembros y los Estados Unidos a la hora de formar y equipar a las aduanas y a la policía en los países de la antigua Unión Soviética y, en particular, asegurar la participación europea en la nueva Academia Nacional Húngara de Formación Policial, promovida por los Estados Unidos;
57.Pide que, además de satisfacer las necesidades adicionales de dinero de los presupuestos nacionales y de la UE los fondos confiscados se destinen en primer lugar a la mejora de la política de prevención y de los programas de paliación de los daños y en segundo lugar a la mejora de los recursos policiales y aduaneros en la guerra contra los traficantes de droga;
58.Recomienda que se organice una conferencia en la que participen los Estados miembros, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y otros organismos importantes para examinar la actual situación en la Unión Europea sobre la base de la información cuidadosamente recopilada haciendo hincapié en la reducción de la demanda (incluyendo un estudio de las razones sociales de la drogadicción), así como una evaluación de la política en materia de ayuda;
59.Pide que dicha conferencia tenga también por objeto promover la reflexión y el análisis sobre los resultados de las políticas en vigor tal como establecen los Convenios de las Naciones Unidas de 1961, 1971 y 1988 sobre los estupefacientes, a fin de permitir una posible revisión de dichos convenios;
60.Desea que también en el ámbito de la prevención se elabore un mayor número de programas y propuestas; subraya que, en materia de prevención contra la droga, la acción en el ámbito de la salud no es únicamente un sistema de cuidados y de tratamiento en beneficio de los enfermos. Por el contrario, el fomento de la salud parte del principio según el cual "más vale prevenir que curar" y tiene como objetivo abordar los problemas en su origen, es decir, incitando al individuo a adoptar un modo de vida y comportamientos responsables. El fomento de la salud debe centrarse en primer lugar en la salud y no en la enfermedad (COM(94)0202 final, apartado 4 y puntos 7 y 8 del apartado 5);
61.Insiste en la importancia, en la prevención en la infancia y la adolescencia, del papel complementario e indispensable de la familia y de la escuela en materia de lucha contra la droga. Se trata de hacer que los padres y los maestros sean conscientes de sus plenas responsabilidades educativas. Un joven se droga, entre otras cosas, cuando no sabe qué sentido dar a su vida. Por otra parte, la educación está obligada a hacer frente a las conductas de huida y, ya desde la más tierna infancia, por ejemplo, a enseñar a afrontar las dificultades;
62.Reconociendo los diferentes aspectos del problema de la droga, que da lugar a un número dispar de líneas presupuestarias, recomienda que la Comisión remita a la Comisión de Libertades Públicas y de Asuntos Interiores un informe anual en el que se muestre cómo se ha gastado el dinero en programas de lucha contra la droga y en actividades conexas, así como los resultados obtenidos;
63.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo y a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, a los Estados candidatos a la adhesión a la Unión Europea y a los gobiernos de los demás países de la Europa central y oriental, al Consejo de Europa y a las Naciones Unidas.