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Parlamento Europeo - 21 settembre 1995
Catástrofe minera en Asturias, España

B4-1118 y 1175/95

Resolución sobre la catástrofe minera en Asturias, España

El Parlamento Europeo,

A.Teniendo noticia de la explosión de grisú que ha costado la vida a 14 mineros en el pozo de San Nicolás (Mieres), en España,

1.Expresa a las familias de las víctimas su consternación y dolor por la muerte de los trabajadores de nacionalidad española, portuguesa y checa;

2.Pide a la Comisión que participe directamente, junto con las administraciones autónomica y nacional, en el esclarecimiento de las causas que provocaron la catástrofe, verifique el cumplimiento estricto de la normativa comunitaria sobre seguridad en el trabajo y le informe lo antes posible sobre los resultados de la investigación;

3.Pide a la Comisión que transmita sus condolencias y auxilie con las medidas oportunas a las familias afectadas sin hacer distinción alguna entre los ciudadanos de la Unión Europea y los de nacionalidad checa;

4.Expresa que los riesgos inherentes al trabajo minero en la Unión Europea y en los países terceros, que garantizan a los consumidores un suministro energético seguro, justifican el tratamiento específico de determinadas medidas sociales y los costes, por muy elevados que parezcan, de la inversión y de la aplicación de medidas estrictas de seguridad en el trabajo;

5.Pide a la Unión Europea que sea igualmente exigente respecto a las condiciones de trabajo y de seguridad de la minería de la hulla en los países terceros en general y, en concreto, en los países exportadores de carbón;

6.Pide asimismo a la Unión Europea que prosiga con intensidad la investigación y el desarrollo sobre la seguridad en la minería de la hulla;

7.Reitera la importancia de la producción europea de carbón para garantizar la seguridad del suministro europeo y el mantenimiento de la actividad económica y el empleo en las comarcas mineras;

8.Pide a la Comisión el aumento de la línea presupuestaria B3-4312, destinada a la asistencia a las víctimas de accidentes en la industria del carbón y del acero, y ayudas a los huérfanos, extendiéndolas al Orfanato de los mineros de Asturias;

9.Pide a la Comisión que, a través de los programas de investigación social CECA, se elabore un estudio sobre la situación actual en materia de seguridad en las minas europeas que incluya las españolas;

10.Pide a la Comisión que le informe sobre el grado de incorporación al Derecho interno de los Estados miembros de todas las directivas relativas a la seguridad y a la salud de los trabajadores y sobre las medidas emprendidas por la Comisión para encontrar una solución satisfactoria;

11.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a los familiares de las víctimas, a los sindicatos mineros en España y la República Checa, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros y al Gobierno de la República Checa.

 
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