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Parlamento Europeo - 22 settembre 1995
Hormonas

B4-1093, 1094, 1095, 1097, 1099, 1129 y 1163/95

Resolución sobre la conferencia sobre la administración de activadores del crecimiento al ganado

El Parlamento Europeo,

-Vista la respuesta de la Comisión a las preguntas orales que se le han planteado sobre el uso ilegal de hormonas en la cría de ganado,

A.Considerando que la Directiva 88/146(CEE) prohíbe el uso de determinadas sustancias hormonales en la cría de ganado,

B.Considerando que en su Resolución de 16 de marzo de 1995 sobre el uso ilegal de hormonas en la cría de ganado, pidió que se reforzase considerablemente la prohibición del uso de hormonas,

C.Considerando que el comisario Fischler ha anunciado recientemente la celebración de una conferencia internacional sobre el problema de las hormonas, que tendrá lugar a finales del mes de noviembre,

D.Considerando la importancia de reunir a todas las partes afectadas en dicha conferencia,

E.Considerando que tras la resolución mencionada, la Comisión no ha adoptado ninguna medida para reforzar los controles sobre el uso ilegal de hormonas;

F.Considerando que cualquier duda sobre la prohibición de la utilización de hormonas en la cría de ganado merma la confianza del consumidor en la calidad de los productos ganaderos europeos y reduce la demanda,

1.Acoge con satisfacción el hecho de que, al convocar una conferencia sobre la prohibición de las hormonas, la Comisión ha dado respuesta al llamamiento del Parlamento contenido en el apartado 12 de la citada resolución;

2.Pide a la Comisión que invite a esta conferencia a expertos independientes para estudiar los posibles riesgos y efectos del uso de hormonas en la salud de los consumidores;

3.Pide a la Comisión y al Consejo que mantengan la coherencia entre la PAC, reformada en 1992, y las demás medidas que hayan de tomarse acerca de la producción de productos animales de calidad, respetando siempre el objetivo general de equilibrio del mercado;

4.Pide a la Comisión y al Consejo que actúen en este contexto con la mayor transparencia, de acuerdo siempre con las partes interesadas (consumidores, productores, científicos, parlamentarios europeos y de los Estados miembros);

5.Pide, en particular, a la Comisión que haga saber con absoluta claridad que esta prohibición de las hormonas y la prohibición de la utilización de BSP se aplican también a los productos ganaderos y alimentos importados y que así lo garantizan las actuales normas del GATT/OMC;

6.Opina que las líneas presupuestarias B1-213 y B1-214 revisten una importancia fundamental en la lucha contra el uso ilegal de hormonas, ya que, por una parte, la línea presupuestaria B1-213 constituye un estímulo importante para los productores con vistas a un cambio de mentalidad en la industria de la carne, y, por otra, la línea presupuestaria B1-214 permite a las autoridades nacionales coordinar de manera más eficaz la lucha contra la llamada "mafia de las hormonas", que está organizada a escala eminentemente internacional. En consecuencia, se opone a la supresión por parte del Consejo, con ocasión de la primera lectura del presupuesto de 1996, de las líneas presupuestarias B1-213 y B1-214;

7.Pide a la Comisión que cree un grupo de trabajo comunitario y que refuerce las medidas de control de la utilización de hormonas en la cría de ganado;

8.Recuerda el carácter específico de la agricultura europea y denuncia las consecuencias económicas y sociales que podría tener la autorización de utilizar estas hormonas en la estructura agrícola europea, así como en el mundo rural;

9.Pide a la Comisión que promueva un sistema en el que el control de calidad de los productos animales esté garantizado desde la granja hasta el consumidor mediante la creación de una etiqueta de calidad reconocida en toda la Unión Europea;

10.Pide a la Comisión que elabore un informe anual sobre el estado de aplicación de la legislación correspondiente, y sobre los resultados obtenidos en la lucha contra el fraude relativo a las hormonas para la cría de ganado;

11.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de los Estados miembros.

 
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