Radicali.it - sito ufficiale di Radicali Italiani
Notizie Radicali, il giornale telematico di Radicali Italiani
cerca [dal 1999]


i testi dal 1955 al 1998

  RSS
mar 25 feb. 2025
[ cerca in archivio ] ARCHIVIO STORICO RADICALE
Archivio PE
Parlamento Europeo - 12 ottobre 1995
Nigeria

B4-1225, 1230, 1251, 1269, 1281 y 1289/95

Resolución sobre Nigeria

El Parlamento Europeo,

-Visto el deterioro de la situación política, social y económica en Nigeria, confirmado por los informes sobre la situación en Nigeria remitidos por Amnistía Internacional, por la reciente misión del Instituto de la Commonwealth y por la Asociación nigeriana de libertades civiles,

-Vista la declaración de la Unión Europea de 4 de octubre de 1995 sobre Nigeria,

-Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Nigeria,

A.Considerando el discurso del General Sani Abacha de 1 de octubre de 1995 en el que declaró que el poder civil únicamente quedará restaurado a partir del 1 de octubre de 1998,

B.Recordando que el General Sani Abacha, tras un golpe de estado militar, se alzó con el poder en Nigeria el 17 de noviembre de 1993,

C.Constatando que, tras dicho golpe, el General Abacha abolió todas las instituciones democráticas de Nigeria, entre ellas el parlamento, los partidos políticos y los cargos electivos nacionales y locales,

D.Deplorando, en particular, la aplicación cada vez más sistemática de la pena de muerte y la celebración pública de ejecuciones masivas,

E.Recordando que 40 dirigentes de las fuerzas políticas de oposición, que habían intentado que el candidato ganador de las elecciones presidenciales anuladas de junio de 1993 se hiciera cargo del poder, fueron condenados en julio de 1995 por un delito de traición en un juicio secreto y que 13 de éstos fueron condenados a muerte,

F.Profundamente preocupado por el hecho de que se haya condenado a muerte al Sr. Ken Saro-Wiwa, líder pacifista de la comunidad Ogoni que ha estado haciendo campaña contra los daños al medio ambiente, así como contra la destrucción de tierras y cosechas por parte de las grandes compañías petroleras que operan en territorio Ogoni,

G.Considerando inaceptable que la Comisión y el Consejo impongan sanciones a países menos prósperos que Nigeria por la sistemática violación de los derechos humanos y los principios democráticos elementales, mientras que se niegan a suspender la aplicación del Convenio de Lomé a Nigeria,

1.Pide encarecidamente la liberación de todos los prisioneros de conciencia y todos los prisioneros políticos, incluidos el dirigente Abiola, ganador de las elecciones presidenciales anuladas de 1993, el Sr. Ken Saro-Wiwa, el general Obasanjo y al Sr. Yar'Adua;

2.Toma nota de la decisión adoptada el 1 de octubre de 1995 por el General Abacha de conmutar las penas de muerte de 13 de los 40 políticos de la oposición condenados por supuesta "traición" y lamenta que éstos y los otros 27 políticos de la oposición no hayan sido liberados y que, según parece, los 40 prisioneros se encuentran ahora condenados a cadena perpetua;

3.Pide el establecimiento de un organismo internacional independiente e imparcial de investigación que indague acerca de los asesinatos y ejecuciones extrajudiciales a fin de que los responsables sean llevados ante los tribunales de justicia con arreglo a las normas internacionalmente reconocidas;

4.Pide que, dentro del sistema judicial nigeriano, se reconozca a todas las personas todos sus derechos de defensa, incluido el acceso a abogados civiles de su elección, todo el tiempo necesario para preparar su defensa y el derecho a apelar a una instancia superior e independiente;

5.Considera profundamente decepcionante el anuncio formulado por el General Abacha el 1 de octubre de 1995 acerca de la posibilidad de celebrar elecciones presidenciales y legislativas en septiembre de 1998, anuncio claramente destinado a desactivar las críticas internacionales sin ofrecer garantías reales o convincentes de una evolución positiva;

6.Espera del Gobierno de Nigeria que aplique inmediatamente lo siguiente:

i)el restablecimiento del proceso democrático respetando los resultados de las elecciones presidenciales de 1993;

ii)el restablecimiento de un sistema de gobierno que respete la clara distinción entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial;

iii)la libertad de los medios de comunicación y de asociación, incluidos los partidos políticos;

iv)la retirada de los militares de la región de Ogoni;

7.Pide que, en consulta con representantes de todas las regiones de Nigeria, se establezca un programa sostenible desde el punto de vista del medio ambiente para la reconstrucción del país, sobre todo en la región de Ogoni, a la que han de contribuir las compañías petroleras extranjeras;

8.Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que refuercen las restricciones existentes de visado a los funcionarios nigerianos y que garanticen que se ponga fin a las ventas de armas a Nigeria, a fin de incrementar la presión sobre el régimen nigeriano para que se restablezca el proceso democrático;

9.Pide a la Comisión y al Consejo que suspendan sin demora la aplicación del Convenio de Lomé a Nigeria, cumpliendo así por fin con el artículo 5 del Convenio y restableciendo su credibilidad;

10.Invita a la Unión a que prevea la posibilidad de sanciones económicas si persiste la represión;

11.Pide a las naciones de la Commonwealth que, como acto de protesta, no inviten a representantes del actual régimen nigeriano a la reunión de Jefes de Gobierno de la Commonwealth que se celebrará en noviembre de 1995;

12.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a la OUA, al Gobierno de Nigeria, a los Copresidentes de la Asamblea Paritaria ACP-UE y al Secretario General de la Commonwealth.

 
Argomenti correlati:
stampa questo documento invia questa pagina per mail