A4-0234/95
Resolución sobre la comunicación de la Comisión que incluye un proyecto de resolución del Consejo sobre el desarrollo y el funcionamiento de la Agencia Europea del Medio Ambiente creada por el Reglamento (CEE) 1210/90 del Consejo del 7 de mayo de 1995
El Parlamento Europeo,
-Vista la comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, COM(95)0325 - C4-0412/95,
-Vistos los artículos 51, 61 y 143 de su Reglamento,
-Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A4-0234/95),
1.Considera que el establecimiento de la Agencia y de su red de información y de observación en materia medioambiental (EIONET) sólo podrá lograrse si existe plena transparencia por lo que concierne a sus cometidos y al modo en que éstos están establecidos;
2.Recuerda, sin embargo, su Resolución del 15 de marzo de 1995 sobre el programa de trabajo de la Comisión y el programa legislativo para 1995, que señala que la revisión del Reglamento por el que se establece la Agencia , prevista en el artículo 20 de dicho Reglamento, sobre la base de un informe de la Comisión, debería realizarse en 1995;
3.Recuerda a la Comisión y al Consejo que, de conformidad con los términos del artículo 20 antes mencionado, el informe de la Comisión debe contener propuestas adecuadas con objeto de que el Consejo pueda decidir sobre nuevos cometidos de la Agencia, en particular en lo que respecta al control de la aplicación de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente, previa consulta al Parlamento;
4.Señala que el Reglamento por el que se crea la Agencia, como acto jurídico, sólo puede ser modificado por un acto de la misma naturaleza y no por una resolución del Consejo u otro documento en relación con el cual no sea consultado el Parlamento;
5.Vista la actual situación de la Agencia, aprueba la intención de la Comisión de no presentar, por el momento, las propuestas citadas, pero pide a la Comisión que presente su informe lo antes posible;
6.Pide al Consejo que se asocie a esta resolución dentro del espíritu de cooperación leal entre las instituciones;
7.Encarga a su Presidente que transmita esta resolución al Consejo y a la Comisión.