A4-0256/95
Resolución sobre el proyecto de presupuesto operativo de la CECA para 1996 (SEC(95)0834 - C4-0209/95)
El Parlamento Europeo,
-Visto el proyecto de presupuesto operativo de la CECA para 1996 (SEC(95)0834) presentado por la Comisión,
-Visto el proyecto de presupuesto operativo rectificativo de la CECA para 1995 presentado por la Comisión (SEC(95)0761),
-Vista la Resolución de 12 de octubre de 1995 sobre el proyecto de presupuesto operativo rectificativo de la CECA para 1995,
-Visto el Memorándum de la Comisión Consultiva de la CECA sobre los diversos aspectos relacionados con la expiración del Tratado de la CECA en el año 2002, de 28 de junio de 1995 (CECA 5262/4/95),
-Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y la opinión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial
(A4-0256/95),
A.Considerando que el proyecto de presupuesto operativo de la CECA para 1996 lo presenta la Comisión, de acuerdo con la solicitud del Parlamento, en un momento que permite que se examine al mismo tiempo que el presupuesto general en primera lectura,
B.Considerando que el proyecto de presupuesto operativo de la CECA para 1996 se presenta en el contexto de la previsible expiración del Tratado CECA en el año 2002,
C.Considerando que la expiración del Tratado de la CECA no significa automáticamente que las diversas actividades previstas por dicho Tratado ya no sean necesarias en absoluto,
D.Considerando el desarrollo económico positivo, en general, durante el año 1995 y las correspondientes expectativas de 1996, y habida cuenta de las repercusiones, comparativamente más favorables, de dicho desarrollo económico en la industria del hierro y del acero, con una reducción progresiva, sin embargo, de la producción de carbón,
E.Considerando que, como consecuencia de la recuperación económica general, la industria del acero experimentará un aumento de la producción de 14 millones de toneladas en 1995 y, probablemente, de otros 2 millones de toneladas en 1996;
1.Comprueba que, tras el positivo desarrollo económico general del año 1995, las actividades de la CECA se desarrollarán en 1996 en un entorno totalmente positivo y que para ese mismo año se espera un crecimiento del PIB de un 3% real;
2.Señala que, en opinión de la Comisión, a pesar del positivo desarrollo económico general de los años 1995-1996, hay que contar, sin embargo, en el sector minero de la hulla, con un retroceso de la producción de 130 millones de toneladas, pasando a ser ésta de 127 millones de toneladas. Y comprueba al mismo tiempo que la causa de tal disminución de la producción es el aumento de los costes de producción y que las necesidades de hulla, que seguirán siendo prácticamente las mismas, se satisfarán con importaciones complementarias;
3.Subraya que el continuo descenso de la producción local de carbón, que hay que esperar en los próximos años, hará que siga siendo necesario hacer uso de los instrumentos previstos en el Tratado de la CECA, y probablemente también después del año 2002;
4.Comprueba que, como consecuencia de la recuperación económica general, la industria del acero experimentará un aumento de la producción de 14 millones de toneladas en 1995 y, probablemente, de otros 2 millones de toneladas en 1996;
5.Comprueba que el presupuesto operativo de la CECA propuesto por la Comisión para 1996 tiene un volumen de 241 millones de ecus, es decir, es un 27% inferior al de 1995; la causa de los menores ingresos es, por una parte, la disminución en un 0,02% del tipo de la exacción, que, a pesar del aumento de la producción de acero sólo producirá 95 millones de ecus; por otra, el saldo neto ya no se estima en 120, sino sólo en 105 millones de ecus y las anulaciones de compromisos que previsiblemente no se realizarán pasarán de 60,3 millones a 39 millones ecus;
6.Comprueba que, en cuanto a los gastos, la Comisión pretende recortar, de manera desproporcionada, a las ayudas a la readaptación de acuerdo con el artículo 56 de 135 a 80 millones de ecus, mientras que al mismo tiempo tiene previsto aumentar, en contra del desarrollo del presupuesto, las ayudas a la reconversión del artículo 56 de 35 millones a 50 millones de ecus y reducir a menos de la mitad las medidas sociales en relación con la restructuración siderúrgica y del sector del carbón; comprueba además que las ayudas a la investigación, que ya eran pequeñas en 1995, se van a congelar en 60 millones de ecus;
7.Pide a la Comisión que presente, junto al Anteproyecto de Presupuesto para 1997, un Plan para dotar de contenido real la investigación social CECA, en la que intervengan todos los servicios de la Comisión interesados;
8.Sugiere igualmente que se reflexione en la Unión sobre una amplia exacción sobre todos los productos CECA, para que la producción propia no se encuentre, a causa de la exacción, en una posición competitiva desventajosa con respecto a los productos importados;
9.Propone que los gastos se modifiquen según el cuadro adjunto, para que el recorte de las ayudas a la readaptación no sea tan fuerte, las ayudas a la investigación se mantengan a un nivel operativo y las ayudas sociales se destinen a la restructuración de la minería del carbón;
10.Insta a la Comisión a que someta a criterios estrictos la concesión de las ayudas a la reconversión cuyo objeto sea proporcionar nuevo empleo a los trabajadores CECA que lo hayan perdido, garantizando así en el futuro que dichos recursos beneficien real y directamente a los afectados;
11.Insta a la Comisión a que, superando las meras cuestiones presupuestarias, concrete y, en su caso, ponga en marcha ya en el ejercicio de 1996 medidas para continuar las actividades previstas por el Tratado de la CECA más allá de año 2002;
12.Renueva su llamamiento a la Comisión para que complete su hipótesis orientada al horizonte 2002, clarificando mejor el remanente financiero disponible en dicha fecha y despejando las incertidumbres jurídicas en torno a la disponibilidad del mismo;
13.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución y sus decisiones sobre la fijación del tipo de la exacción y sobre el establecimiento del presupuesto operativo de la CECA para 1996 a la Comisión.
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