A4-0249/95
Resolución sobre el informe de la Comisión sobre el mercado interior en 1994 (COM(95)0238 - C4-0239/95)
El Parlamento Europeo,
-Visto el informe de la Comisión sobre el mercado interior en 1994 (COM(95)0238 - C4-0239/95),
-Vista su resolución del 22 de abril de 1994 sobre el informe de la Comisión de 1993 sobre el mercado interior en la Comunidad,
-Visto el artículo 145 de su Reglamento,
-Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial y las opiniones de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, la Comisión de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía, la Comisión de Cultura, Juventud, Educación y Medios de Comunicación, la Comisión de Libertades Públicas y de Asuntos Interiores, la Comisión de Transportes y Turismo, la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores y la Comisión de Presupuestos (A4-0249/95),
A.Considerando que la plena realización del proyecto del mercado interior y su funcionamiento correcto son cruciales para la credibilidad política de la Unión y para la competencia, la capacidad de crear empleo y el bienestar general de la economía de la Unión, la competitividad de las empresas y en particular de las PYME, y para la prosperidad de los ciudadanos europeos,
B.Considerando que hay una serie de sectores esenciales en los que aún no se ha completado el mercado interior y otros en los que el mercado interior está formalmente establecido pero no funciona como debiera, en detrimento del pueblo y la industria de la Unión,
C.Considerando que es esencial que el mercado interior sea considerado beneficioso por las empresas de todas las dimensiones,
D.Considerando que el Parlamento Europeo se encuentra entre quienes pidieron la institución de un informe anual que reflejase los progresos realizados a lo largo del año en la vía de la realización del mercado interior, el primero de cuyos informes apareció el año pasado y se refería a 1993,
E.Considerando que este informe anual debería ser un instrumento valioso para los individuos, los grupos de interés, las empresas y las autoridades públicas que buscan información sobre la situación de progreso del mercado interior, una evaluación de cómo se está gestionando dicho mercado en los diversos niveles administrativos, orientación para interpretar las normas del mercado interior y ejemplos de sentencias judiciales que tienen consecuencias sobre el funcionamiento del mercado interior,
Contenido del informe anual
1.Acoge con satisfacción este segundo informe anual de la Comisión sobre el mercado interior en 1994 y en especial el tono más realista que se percibe a lo largo del mismo; observa que se ha incluido en el nuevo informe la mayor parte de la información adicional solicitada en la resolución del Parlamento sobre el primer informe anual (sobre los efectos prácticos de la legislación del mercado interior en los distintos sectores, un resumen de las principales áreas en las que siguen existiendo problemas, sobre las sentencias del Tribunal de Justicia de especial importancia para el mercado interior y al menos una lista de los informes y estudios recientes sobre su funcionamiento);
2.Considera que estas mejoras sirven para hacer del informe anual un instrumento más útil para los consumidores, las empresas y las autoridades públicas que operan en el mercado interior;
3.Considera sin embargo que sería útil ampliar los futuros informes incluyendo un comentario sobre los efectos del mercado interior sobre el medio ambiente y la forma en que se están integrando las políticas de la UE para el mercado interior y el medio ambiente;
La situación del mercado interior
4.Acoge con satisfacción la afirmación de la Comisión de que, considerado en conjunto, el mercado interior está funcionando, pero advierte del peligro que supone subestimar la amplitud de los problemas que aún existen;
5.Observa alarmado que el Consejo realizó escasos progresos en 1995 en relación con la adopción de algunas medidas legislativas importantes, incluyendo la supresión de los controles fronterizos sobre las personas, ámbito en el cual el insatisfactorio Acuerdo de Schengen no ha entrado en vigor hasta 1995, y que, en otros ámbitos, medidas adoptadas por el Consejo no han sido transpuestas y aplicadas a nivel nacional de conformidad con los calendarios acordados;
6.Considera que los problemas más importantes que obstruyen la realización del mercado interior, todos los cuales tiene como consecuencia la distorsión de la competencia, son los siguientes:
a)con frecuencia el principio de reconocimiento mutuo no es observado en los Estados miembros,
b)las prácticas de contratación pública en los Estados miembros apenas han cambiado desde que teóricamente se liberalizó el sector,
c)no se han tomado medidas para armonizar importantes ámbitos de imposición (impuestos sobre el consumo, tratamiento fiscal de los ahorros e impuestos sobre sociedades), y se han tomado medidas limitadas únicamente en el caso del IVA.
d)las distintas reglamentaciones medioambientales en los Estados miembros; no obstante, unas normas medioambientales más exigentes no deberían considerarse como obstáculos al comercio;
e)la supresión incompleta de los controles sobre las personas en las fronteras interiores,
f)la dificultad y el coste de hacer valer los derechos personales y obtener acceso a la justicia en casos de infracciones de los principios y disposiciones del mercado interior;
g)el exceso de requisitos burocráticos exigidos a las empresas que suponen una carga importante para las mismas y en especial para las PYME
7.Señala, con respecto a esto, que el hecho de que no se haya completado el programa del mercado interior en determinados sectores, como por ejemplo el alcohol y el tabaco, ha abierto nuevas oportunidades para el desarrollo del delito organizado;
8.Señala a este respecto que es esencial una aplicación adecuada de la legislación del mercado interior y que los regímenes nacionales existentes de sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones comunitarias son incompletos;
9.Subraya que el mercado interior no podrá funcionar adecuadamente hasta que se haya introducido una moneda única;
10.Expresa su temor de que algunas decisiones adoptadas por la Comisión y el Consejo tengan como consecuencia la disminución de los beneficios del mercado interior para muchos consumidores;
11.Lamenta profundamente que las administraciones nacionales a veces se excedan en la aplicación de las disposiciones legales aprobadas a nivel de la Unión, complicando así la reglamentación, disminuyendo su eficacia, aumentando la carga sobre las empresas y desprestigiando a la UE; no obstante, rechaza cualquier enfoque de este problema basado únicamente en una desregulación que pudiera conducir a la erosión social, ambiental y de los niveles de protección del consumidor;
12.Solicita a la Comisión que coordine de forma previsora sus esfuerzos en la realización del mercado interior con la labor que se esté realizando en el marco de la OMC, en particular, en lo relativo a la integración del medio ambiente y los intereses económicos en el sistema comercial global;
13.Constata con preocupación que determinadas administraciones nacionales continúan desarrollando prácticas contrarias a la normativa comunitaria sobre el mercado interior que obstaculizan la circulación de mercancías;
Aspectos externos
14.Sostiene que la realización del mercado interior ha tenido importantes repercusiones sobre las relaciones económicas exteriores de la UE e invita a todos los países que participan en los distintos procesos de integración regional a garantizar que las ventajas que conllevan estos procesos no se limiten a los mercados interiores sino que, también, redunden en beneficio de los operadores económicos de terceros países;
15.Observa que el mercado interior ha mejorado las condiciones de acceso de los terceros países al mercado y ha dado un nuevo ímpetu a la integración regional en Europa y en otras partes del mundo;
16.Estima que el mercado interior puede resultar una experiencia positiva para el desarrollo futuro de los sistemas comerciales multilaterales, en particular en lo que se refiere a profundizar la liberalización del mercado de los servicios así como en los ámbitos de la protección de la propiedad intelectual, del comercio, el medio ambiente, las normas de trabajo mínimas, de la inversión directa extranjera y la política internacional de competencia;
17.Pide a los Estados miembros que procedan a la derogación del artículo 155 del Tratado CE que es incompatible con el mercado interior y ha quedado obsoleto;
18.Expresa su preocupación por el aumento de las actividades fraudulentas en materia de importación, en particular en la frontera oriental de la UE, como consecuencia de la supresión de las fronteras interiores, por las que la UE pierde cientos de millones de ecus cada año, y pide a la Comisión que mejore, el nivel de cooperación con las administraciones aduaneras de los Estados miembros y entre éstas;
19.Acoge con satisfacción la práctica abolición de las restricciones nacionales a las importaciones en el marco de la realización del mercado interior y expresa su confianza en que las escasas cuotas que se siguen aplicando en la UE se puedan eliminar progresivamente a corto plazo;
Requisitos para el futuro
20.Pide que se presenten, y se adopten, propuestas en los siguientes ámbitos:
-las sanciones en los Estados miembros por infracciones de las leyes del mercado interior se deberían armonizar y aplicarse de forma estricta, de conformidad con las directrices establecidas en las conclusiones de la Presidencia francesa de 1995;
-las actuales normas que rigen la contratación pública se deberían aplicar estrictamente y se deberían recoger las estadísticas pertinentes;
-la naturaleza, incidencia y ámbito de la imposición, tan importante para el entorno competitivo, han de equilibrarse con el principio de subsidiariedad;
-se debe ampliar el ámbito del acuerdo de Schengen para abarcar a toda la Unión;
-la Comisión y los Estados miembros deben intensificar sus esfuerzos para mejorar la cooperación administrativa con objeto de reducir las barreras injustificadas al comercio, y se debe prestar asistencia especialmente a las pequeñas empresas que intentan obtener compensación en casos de infracciones de sus derechos;
21.Subraya que debería seguir desarrollándose la dimensión social paralelamente al mercado interior, y lamenta el carácter poco ambicioso del programa de acción social presentado por la Comisión y, en particular, la falta de nuevas propuestas legislativas destinadas a garantizar unas normas laborales mínimas;
22.Apoya la evolución de una fuerte política de competencia de la Unión y, subraya que ello no es incompatible con una activa política industrial que proporcione el marco necesario para un desarrollo industrial sostenible desde el punto de vista social y medioambiental;
23.Toma nota de la intención de la Comisión de presentar directrices para un sistema definitivo del IVA y solicita una acción urgente al respecto, a pesar de la necesidad de que se realice una consulta y una preparación verdaderamente sustancial antes de introducir algún cambio en el actual sistema; no obstante insiste en el principio del país de origen para el impuesto sobre el valor añadido;
24.Pide la armonización del impuesto sobre el consumo para los aceites minerales y los productos derivados, el tabaco y el alcohol, así como para las bebidas alcohólicas;
25.Solicita una imposición uniforme para las rentas del capital;
26.Pide que se intensifiquen los esfuerzos encaminados a introducir los principios del mercado interior en el mercado del suministro de energía;
27.Acoge con satisfacción el énfasis dado en el informe de la Comisión al desarrollo de redes transeuropeas, y lamenta enormemente que no se haya encontrado todavía ninguna solución que permita la financiación de dichas redes;
28.Acoge con satisfacción la comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento relativa al papel de las sanciones en la aplicación de la legislación comunitaria en el ámbito del mercado interior como primera directriz orientadora sobre sanciones en dicho ámbito;
29.Acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de emprender un estudio exhaustivo de las consecuencias del programa del mercado interior en los distintos sectores de la economía y desea contar con garantías de que los resultados serán hechos públicos;
30.Señala en este contexto la solicitud del sector industrial en favor del establecimiento de una oficina de reclamaciones en la Comisión que ayude a la industria dentro de un plazo determinado;
31.Solicita un reconocimiento mutuo y amplio de títulos de formación profesional, sobre todo en el ámbito no académico;
32.Solicita una simplificación y desburocratización de los procedimientos destinados a la fundación de empresas y al establecimiento de autónomos;
33.Encarga a su Presidente que transmita esta resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.