(Artículo 66, apartado 7 del Reglamento)
Posición común adoptada por el Consejo con vistas a la aprobación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 88/77/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las medidas que deben adoptarse contra la emisión de gases y partículas contaminantes procedentes de motores diesel destinados a la propulsión de vehículos (C4-0491/95 - 94/0312(COD))
(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)
Esta posición común ha sido aprobada.
Se invita al Consejo a que adopte definitivamente el acto, de conformidad con la posición común, en el plazo más breve posible.