Ernesto RossiSUMARIO: En las elecciones municipales de junio de 1966, el Partido radical estipula una alianza electoral con el PSIUP por una lista común en Roma, en Génova y en otros centros menores a partir de la oposición común a la Dc y al centro izquierda (el PSIUP se había formado a principios de 1964 de la escisión de la izquierda socialista contraria a la entrada del Psi en el gobierno con la Dc). Del número electoral del periódico "Agenzia Radicale", el pensamiento de Ernesto Rossi sobre la batalla divorcista.
(AGENZIA RADICALE; nº 121, 31 de mayo de 1966).
Ninguna razón de principio justifica la oposición de la Iglesia al reconocimiento de la disolubilidad de matrimonios civiles; oposición que, mientras los dirigentes de la izquierda sigan flirteando con los clericales, enterrará, en el Parlamento, todos los proyectos sobre el divorcio, incluso los más anodinos y moderados. El problema de la disolubilidad de los matrimonios contratados sólo ante el juez de paz lógicamente no atañen en absoluto a la Iglesia, puesto que, según el derecho canónico, dichos matrimonios no existen: son sólo "concubinatos". Pero la lógica es una cosa y la conveniencia práctica otra. Las jerarquías eclesiásticas se oponen al divorcio, incluso para los matrimonios civiles, porque no tienen confianza ninguna en la sinceridad del sentimiento religioso del pueblo italiano; saben perfectamente que los italianos desertarían todos de la Iglesia si se les pusiese ante la alternativa de convertirse en musulmanes o de mantener al clero católico pagando un impuesto especial, que correspondiese a
la mitad de la suma que gastan para ir al cine y para tabaco. No se les ha olvidado en absoluto la experiencia de cuando el Santo Oficio, con decreto del 15 de julio de 1949, excomulgó a quién osase afiliarse a partidos comunistas o les hubiese dado, bajo cualquier forma, un apoyo, llegando a excluir de los sacramentos a aquellos que cometían el grave pecado de leer la prensa comunista: los votos al Partido comunista italiano aumentaron y creció el número de lectores de sus periódicos.
Las jerarquías eclesiásticas temen que - si, en una ley, se reconociese la disolubilidad de los matrimonios civiles - la gran mayoría de los italianos, para dejar abierta la puerta del divorcio, escaparían del matrimonio religioso; al querer sostener que el 99 por ciento de los italianos son hijos obedientes de la Santa Madre Iglesia, prefieren no correr el riesgo de averiguar nuevamente lo débil que es, de hecho, su dominio espiritual en nuestro país.
Las jerarquías eclesiásticas temen igualmente que, en un momento sucesivo, el divorcio se pueda extender - en lo que se refiere a sus efectos civiles - a los matrimonios contraídos por la Iglesia. En ese caso se repetiría en Italia lo que ya ha sucedido en los demás países con población predominantemente católica: a pesar de todas las prohibiciones y rayos y centellas de la Iglesia, muchos católicos prácticamente, solicitaron a las autoridades civiles que les eximiesen de las consecuencias jurídicas de sus uniones conyugales infelices. Ningún divorcista pretende que la Iglesia considere el matrimonio como un contrato y no como un "sacramento". Lo que los divorcistas quieren es sencillamente que la Iglesia no se pueda seguir valiendo del poder de coacción del Estado para imponer las normas del código canónico a los que, al casarse sólo por lo civil, o a los que solicitan el divorcio tras haberse casado en la Iglesia, demuestran no querer seguir teniendo nada que ver con ello.
La campaña a favor del divorcio es un aspecto particular de la lucha anticlerical. Tenemos que explicar claramente a todos los italianos que el reconocimiento de su derecho a deshacer el vínculo matrimonial por consenso mutuo, y por el resto de los motivos previstos en las leyes de todos los países civilizados, es sacrificado hoy en Italia por los democristianos y por sus compañeros de viaje, en interés de la Iglesia, y que la Iglesia halla su más válido apoyo, incluso para este abuso, en el Concordato (1) establecido en 1929 por Mussolini. Para devolverle al Estado su completa soberanía en el campo matrimonial, quién quiere el divorcio tiene que querer por lo tanto la denuncia unilateral del Concordato.
N.d.T.
(1) CONCORDATO . El artículo 7 de la constitución italiana reconoce y "constitucionaliza" el Concordato entre el Estado y la Iglesia firmado en 1929. En la Asamblea Constituyente fue votado por Togliatti y por el PCI con la oposición de los socialistas, Partido de Acción etc. El Concordato fue renovado, bajo una nueva fórmula, en 1984 (gobierno Craxi).