SUMARIO: Resolución presentada por la diputada europea Emma Bonino y otros diputados el 11 de mayo de 1987, aprobada por el Parlamento europeo el 14 de mayo de 1987 (DOC.B2 356/87), sobre la pena de muerte para Paula Cooper.
El Parlamento europeo
A. Considerando que Paula Cooper, culpable de haber cometido un delito a la edad de 15 años, ha sido condenada a la pena capital y se halla en encerrada en la sección femenina de la cárcel de Indianápolis mientras espera cumplir la mayoría de edad, momento en el que se podrá proceder a su ejecución;
B. Considerando que en algunos Estados de la Unión, la pena capital todavía es aplicable a los menores y que en algunos de estos Estados se les reconoce la responsabilidad penal desde los 13,12 o incluso 10 años;
C. Considerando que el caso en cuestión concierne a un país amigo y aliado, cuya organización política y social se basa en la democracia política y en el respeto de los derechos fundamentales del individuo;
D. Considerando que, según Amnistía Internacional, asciende a 32, como mínimo, el número de menores en espera de ejecución, en 15 Estados de la Unión;
E. Considerando que la condena de los menores de edad hay que considerarla una violación patente de los tratados y de las normas internacionales sobre los derechos del hombre;
F. Considerando que a la excesiva duración de la condena se añade la más odiosa - si cabe - espera en secciones carceleras especiales, hasta la mayoría de edad para que se puede cumplir la ejecución;
G. Considerando que ya se ha pronunciado en repetidas ocasiones en contra de la pena de muerte;
H. Considerando que el 18 de junio de 1981 votó por gran mayoría una resolución en este sentido;
I. Considerando que no se pretende en absoluto juzgar la gravedad del delito cometido por Paula Cooper;
1. dirige un insistente llamamiento a las autoridades de los distintos Estados de la Unión en los que la pena capital está todavía en vigor para que se suspendan todas las ejecuciones capitales;
2. les solicita que lleven a cabo lo más pronto posible una revisión de la legislación para que las penas capitales se transformen en penas de cadena perpetua;
3. solicita a las autoridades competentes de los Estados Unidos que examinen de nuevo la legislación en lo que se refiere a la punibilidad o la responsabilidad penal de los menores de manera que sea conforme a la legislación en vigor en la mayor parte de los países democráticos y a las disposiciones de las Cartas y de los Tratados internacionales relativos al respeto de los derechos fundamentales del individuo;
4. solicita al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que actúen con todos los medios posibles para que, en señal de buena voluntad, el Estado de Indiana transforme, mediante una decisión de su gobernador, la pena capital con respecto a Paula Cooper en condena detentiva;
5. encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Estados miembros, así como a las autoridades federales americanas y a las del Estado de Indiana.