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Cicciomessere Roberto, Dell\'Alba Gianfranco, Spadaccia Gianfranco - 5 aprile 1988
El proyecto de Tratado de la Unión Europea: La gran esperanza

SUMARIO: Breve descripción del proyecto de Unión europea delineado por el Tratado elaborado y promovido por el Parlamento europeo por iniciativa de Altiero Spinelli.

(Por los Estados Unidos de Europa, a cargo de Roberto Cicciomessere, Gianfranco Dell'Alba, Gianfranco Spadaccia - Suplemento de Noticias radicales nº 68, 5 de abril de 1988).

Para sanar el déficit democrático de la Comunidad y para poner en marcha de nuevo el proceso de integración política de Europa, el Parlamento Europeo decide en julio de 1981, por iniciativa de Altiero Spinelli, crear una Comisión de Asuntos institucionales encargada de eleborar modificaciones a los tratados existentes. Marco Pannella es vicepresidente de esta Comisión.

Al cabo de menos de tres años de trabajo, en febrero de 1984, el Parlamento Europeo aprueba con 237 votos a favor, 31 en contra y 43 abstenciones el proyecto de Tratado que instituye la Unión Europea. En ese mismo momento, la Cámara de los diputados italiana aprueba, por iniciativa de los radicales, una moción que da vida al proyecto de Tratado de la Unión.

Según este proyecto, la Unión define su territorio y su ciudadanía.

Las instituciones de la Unión son: el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión, la Comisión, la Corte de Justicia y el Consejo Europeo.

Los poderes de las instituciones de la Unión se inspiran en los principios de la participación de los Estados miembros, de la legitimidad democrática, de la separación de los poderes y de la eficacia operativa.

El proyecto amplía naturalmente los poderes del Parlamento Europe elegido por sufragio universal, añadiendo a los actualmente ejercidos el poder de investidura y de control político con respecto a la Comisión y el real poder de participación en los procesos legislativos.11

El Consejo está concebido como institución de la Unión y no como órgano intergubernamental en un intento de aproximación al modelo del Senado (Bundersrat) del la República federal alemana en la que están representados todos los land.

Esta característica la subraya la previsión de que cada miembro del Consejo nombrado por los gobiernos nacionales tenga que ser un "ministro encargado específica y permanentemente de los asuntos de la Unión".

La iniciativa legislativa pertenece a la Comisión concebida como un auténtico gobierno de la Unión, y en caso de que ésta última se negara a presentar un proyecto de ley conforme a la petición del Parlamento o del Consejo, estas dos últimas instituciones pueden presentar un proyecto de ley.

El procedimiento de aprobación legislativa prevista por el proyecto reduce el poder del Consejo reforzando al mismo tiempo el del Parlamento y el de la Comisión. En última instancia, el Consejo puede rechazar el texto emanado por el PE sin poderlo enmendar.

Las competencias de la Unión se clasifican entre competencias exclusivas, concurrentes y potenciales. Las primeras atañen al cumplimiento de la libre circulación de las personas, de los servicios, de los bienes y de los capitales, es decir, la supresión total de los controles de la circulación de las personas en las fronteras interiores de la Unión.

En los sectores de la agricultura y de la pesca, de las telecomunicaciones, de los transportes, de la investigación y del desarrollo, y en el de la energía, la Unión tiene, por el contrario, una competencia concurrente, es decir, que los Estados miembros siguen ejerciendo su acción hasta que no intervenga la Unión.

La Unión tiene una competencia concurrente también en lo respecta al sistema monetario europeo que se integra en el cuadro institucional y decisional de la Unión.

Con la previsión de las competencias potenciales se expresa básicamente la voluntad de permitir una evolución progresiva de la Unión en función del desarrollo de la solidaridad entre los Estados miembros.

El proyecto de Tratado que instituye la Unión Europea prevé una política exterior uniforme con competencia exclusiva de la Unión en el campo de la política comercial, tras un periodo de transición, en el campo de la política de ayuda al desarrollo y en los demás sectores que entran en los márgenes de las competencias exclusivas de las Comunidades europeas.

 
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