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D\'Elia Sergio - 1 settembre 1989
LA CADENA PERPETUA EN EUROPA
Sergio D'Elia

SUMARIO: La cadena perpetua en los 17 países del Consejo de Europa y en EEUU. Las democracias más jóvenes, España y Portugal, han excluido la cadena perpetua. Italia sigue ocupando el último lugar en la escala de naciones cuyas condenas están inspiradas en humanidad y civismo jurídico.

(De "Ora d'Aria", 1989)

En el momento en el que, a partir de las iniciativas de los detenidos de Porto Azzurro, se trata de reanudar en nuestro país y - necesariamente - en toda Europa la batalla sobre la abolición de la cadena perpetua, es necesario tener bien claro el cuadro de las políticas y de la ejecución de las cadenas perpetuas en Europa. Para ello, puede ser útil el sondeo de comparación, que aquí presentamos, que ha sido realizado por Alan Turney (del ministerio del interior británico) y ha sido sacada del "Prison information Bulletin" nº 4, diciembre de 1984, editado por el Consejo de Europa.

Es importante destacar inmediatamente la huella de civismo y de humanidad que algunas jóvenes democracias europeas, como Portugal y España, saliendo de la dictadura en tiempos bastantes recientes, han querido darle al nuevo orden penal: excluyendo las cadenas perpetuas, su política de la justicia ha brindado sin lugar a dudas un ejemplo decisivo y una prueba de la calidad del derecho a las viejas democracias del continente que siguen conservando la obsoleta cadena perpetua.

Está totalmente claro que la tutela de la seguridad a nivel social, si se desea que se garantice de veras, no puede ser sólo a nivel nacional. Es necesario, así pues, superar la diferenciación existente a nivel comunitario de las políticas en el campo de la justicia penal. Cabe decir, asimismo que el principio de no discriminación por la nacionalidad es el principio fundamental así como funcional de la Comunidad europea. Por lo tanto, no es justo que un detenido, en cuanto ciudadano europeo, sea sometido a una ordenación que prevé la cadena perpetua, mientras que otro detenido, en el seno del mismo espacio jurídico y social, es sometido a otra ordenación que no prevé la cadena perpetua. El derecho a la seguridad a nivel social y el derecho de no discriminación imponen la urgencia de armonizar (incluso en vistas al 1992, al mercado único europeo) las leyes penales de los distintos países, uniformándolas - es de esperar - con el nivel más alto de humanidad y civismo jurídico.

El marco de comparación que a continuación os presentamos, comprende diecisiete países miembros del Consejo de Europa y Estados Unidos de América.

El 1er punto se refiere a los delitos para los que está prevista la cadena perpetua;

El 2º punto al número y al porcentaje de condenados a cadena perpetua en relación a la población detenida;

El 3er punto a los términos de la libertad condicional del condenado;

El 4º a las condiciones de la puesta en libertad.

AUSTRIA, 15 AÑOS

1. Genocidio (obligatorio), homicidio, secuestro con muerte del secuestrado, desvío aéreo, siniestro e incendio doloso del que se derive la muerte de muchas personas.

2. 132, 1,47% (actualizado el 1 de marzo de 1983).

3. Al cabo de 15 años, un condenado a cadena perpetua puede ser puesto en libertad por decisión del tribunal y con el visto bueno del fiscal, del director de la cárcel, del preso y de un staff de expertos.

4. La puesta en libertad es de forma condicional durante 10 años. El condenado a cadena perpetua puede ser sometido a obligaciones de control por parte de un funcionario de probation. En caso de nuevo delito, el condenado a cadena perpetua en prueba puede ser encarcelado de nuevo para cumplir el resto de la condena.

BELGICA, 10/14 años

1. Delitos contra la persona del soberano y la seguridad del estado, homicidio, toma de rehenes, delitos sexuales a menores, tortura de la que se derive la muerte de un secuestrado, algunos delitos contra la incolumidad pública (obligatoria la pena de muerte y en algunos casos como conmutación con la pena de muerte).

2. 199, 3,48% (actualizado el 28 de febrero de 1983).

3. Puesta en libertad al cabo de 10 años, en algunos casos 14.

4. Puesta en libertad con libertad condicional durante 10 años, bajo la guía de órganos oficiales u organizaciones privadas. Encarcelamiento de nuevo por una sentencia, cumpliendo las obligaciones.

CHIPRE, 10 años

1. Homicidio y violación (obligatoria). Está prevista la pena de muerte por homicidio premeditado (a menudo conmutada con la cadena perpetua).

2. Datos no conocidos (3 cadenas perpetuas de 1500 sentencias emitidas del 78 al 82 inclusive).

3. La cadena perpetua es de 20 años. Está prevista la puesta en libertad con permiso tras 10 años.

4. Están previstas obligaciones que de no cumplirse prevén que se encarcele al presidiario de nuevo.

DINAMARCA, 10/12 AÑOS

1. Algunos delitos contra la personalidad, la independencia y la seguridad el Estado; algunos delitos contra la incolumidad pública; homicidio; algunos delitos en tiempo de guerra.

2. 20, 0,8% (actualizado el 15 de febrero de 1983).

3. Tras 10/12 años está prevista la puesta en libertad mediante medidas de gracia del Soberano.

4. Se somete a control durante un periodo no determinado. El ministro de Justicia puede ordenar que vuelva a la cárcel en caso de que se violen las condiciones de la puesta en libertad.

FRANCIA, 15 años

1. Algunos delitos contra la personalidad, la seguridad y la integridad del Estado, contra la Constitución; algunos delitos contra ala persona, contra la propiedad (piratería, descarrilamiento, destrucción, daño o desvío aéreo que acusen muerte, atraco a mano armada); algunos delitos como la falsificación de moneda y documentos; algunos delitos previstos por el código militar.

2. 300, 1,1% (actualizado el 1.1.1983).

3. Tras 15 años, está prevista la puesta en libertad por decisión del ministro de Justicia por parecer favorable de una Comisión penitenciaria y de un comité consultivo nacional.

4. El condenado en libertad condicional es asistido y vigilado por un periodo de 5/10 años. En caso e nueva condena, mala conducta, incumplimiento de las prescripciones puede ser nuevamente encarcelado por el ministro de Justicia por sugerencia del juez de ejecución y tras consulta del Comité nacional de libertades condicionales.

ALEMANIA, 15 años

1. Homicidio, genocidio, rapto y comercio de esclavos, homicidio voluntario (obligatorio en caso de particulares circunstancias agravantes); preparaciones de guerras ofensivas, alta traición, envenenamiento, secuestro para chantaje, toma de rehenes, homicidio con objeto de atraco, amenaza con objeto de extorsión, incendio voluntario agravado, explosión nuclear, otros delitos que determinen peligro público.

2. 961 2,23% (actualizado el 31 de marzo de 1981).

3. Puede ser concedida la libertad condicional: a) tras 15 años de cárcel; b) si la gravedad del delito no hace que sea necesaria otra detención; c) si se considera que al final de un periodo de prueba no cometerá otros delitos; d) tras haber sido expresado un parecer de los expertos sobre el riesgo.

4. El periodo de prueba dura 5 años.

GRECIA, 20 años

1. Algunos delitos contra la personalidad y la seguridad del Estado, algunos delitos militares, homicidio, homicidio con objeto de atraco, delitos sexuales de los que se derive la muerte de la víctima.

1. 150, 5% (actualización diciembre 1981).

3. Puesta en libertad al cabo de 20 años de cárcel con las siguientes condiciones: buena conducta, indemnización de la víctima, no peligrosidad social.

4. Libertad condicional durante al menos 10 años: buena conducta, domicilio estable, etc. En caso de infracción de las condiciones de la puesta en libertad, vuelve a la cárcel para cumplir el resto de la condena y pierde los derechos civiles.

ISLANDIA, nunca ha tenido condenados a cadena perpetua

1. Delitos contra la personalidad, la seguridad del estado, actos que tienden a privar a los progenitores o tutores legales de la autoridad y del cuidado de los menores, violación, homicidio, secuestro, robo (tras al menos dos condenas).

2.3.4. Nunca ha tenido condenados a cadena perpetua.

IRLANDA, 7 años

1. Homicidio, genocidio, grave infracción de la Convención de Ginebra cuando se derive la muerte de una persona (obligatorios), homicidio compuesto y premeditado, infanticidio, aborto y aborto procurado, lesiones voluntarias que causen Gbh, secuestro o secuestro simulado, violación, sodomía, corrupción de una menor de 15 años, atraco, robo agravado, revuelta, incendio, uso de explosivos, desvíos, algunos delitos previstos por el código militar (en los casos en los que no es obligatorio, es raramente emitido).

1. 51, 4,85% (actualizado el 3.3.1983).

3. La puesta en libertad para un menor de 21 años está prevista tras al menos 6 años de cárcel y tras 7 años para un adulto. Concedido por el ministro de Justicia si no hay peligrosidad social.

4. La puesta en libertad con condicional vale para un periodo indeterminado aunque el control puede reducirse paulatinamente. En caso de incumplimiento de las condiciones de la libertad, el ministro puede cambiar las medidas.

ITALIA, 26 años

1. Delitos contra la personalidad del Estado; delitos contra la incolumidad pública; homicidio agravado; secuestro cuando se produzca la muerte del secuestrado.

2. 215, 0,6 (actualización 12.2.1983).

3. La libertad condicional está prevista tras 26 años de condena, en el caso de que el presidiario haya demostrado arrepentimiento y haya indemnizado a la víctima salvo si demuestra que le es imposible hacerlo. El Tribunal de vigilancia decide en cuestión.

4. La libertad está condicionada durante un periodo de 5 años. El Tribunal puede imponer algunas obligaciones, que pueden ser modificadas con el tiempo y que tienen por objeto prevenir delitos. La medida puede ser suspendida en caso de nuevos delitos de la misma índole o bien en caso de infracción de las obligaciones. Transcurrido dicho período de libertad condicional sin que se produzca anulación, la cadena perpetua se declara extinguida y las obligaciones anuladas.

HOLANDA, 14 años

1. Homicidio voluntario, preterintencional y doloso; delitos contra la seguridad y la persona del Estado y de la Reina.

2. 1, 0,086% (actualizado enero 1982).

3. La cadena perpetua puede ser convertida en una pena de 20 años, posteriormente reducida una tercera parte en caso de libertad en prueba.

4. El periodo de prueba es igual al de otros condenados, no está prevista la anulación de la medida de conversión de la condena ni la vuelta a la cárcel.

NORUEGA, 12 años

1. En junio del 81 fue abolida la cadena perpetua.

2. 6, 0,29%

3. La libertad bajo palabra está prevista tras 12 años.

4. El periodo de probation puede durar de 5 a 10 años. En caso de nuevo delito, el Tribunal puede decidir si condenarlo por el nuevo delito o bien tener en cuenta el delito cometido y el hecho que el presidiario está en libertad condicional.

PORTUGAL Y ESPAÑA

1.2.3. La cadena perpetua no existe en las leyes de dichos países.

SUECIA, conmutación de condena

1. Homicidio; graves casos de secuestro; incendio; devastación y peligro público; sabotaje; difusión de contagio y envenenamiento; alta traición; sublevación; deslealtad en las negociaciones con un Estado extranjero; espionaje; algunos delitos previstos por el código militar.

2. 15, 0,3% (actualización, febrero 1983).

3. Tras un cierto tiempo, la cadena puede ser conmutada con otra sentencia a través de una medida de gracia. La nueva sentencia está sometida a las reglas normales de la libertad condicional (tras un tercio de la condena cumplida o, con carácter de excepción, tras haber cumplido la mitad de la misma);

4. la puesta en libertad está sujeta a control y obligaciones cuyo incumplimiento puede devolver al presidiario a la cárcel. Hasta marzo del 83, el periodo de probation era de 1 a 3 años, o hasta 5 años si el resto de la condena es superior a 3 años.

SUIZA, 15 años

1. Homicidio premeditado; toma de rehenes; atentado contra la independencia de la Confederación; algunas infracciones del código militar.

2. Dato no conocido.

3. La libertad condicional está prevista tras 15 años. La decisión es de competencia de una autoridad nombrada por los Cantones, que puede ser judicial o administrativa o una Comisión especial mixta. Está prevista la buena conducta durante la detención y la valoración de un buen comportamiento tras la libertad.

4. Están previstos 5 años de prueba durante los cuales el sujeto es sometido a vigilancia. Pueden ser impuestas prescripciones con respecto a la conducta, el trabajo, el lugar de residencia, etc. Si tras una advertencia sigue sin respetar las obligaciones , evita contactos con la autoridad predispuesta para su vigilancia y si de alguna manera traicionase la confianza que se le ha tenido.

REINO UNIDO, varias posibilidades

1. Homicidio; lesiones agravadas y otros delitos distintos contra la persona; genocidio; traición; acciones ilegales que estén finalizadas a traicionar o asesinar; infanticidio; aborto ilegal; utilización de armas biológicas; causar o intentar llevar a cabo explosiones para atentar contra la vida y la propiedad; robo agravado e intento de robo agravado; robo con efracción agravado; violación; relaciones sexuales con joven menor de 13 años; sodomía con jóvenes menores de 16 años, mujeres o animales; autorización a jóvenes menores de 13 años para utilizar locales para mantener relaciones sexuales; posesión de armas de fuego para poner en peligro la vida; utilización de armas de fuego para librarse del arresto; incendio; atentado a la línea ferroviaria; exhibición de falsa señal; desvío aéreo; atentado a aviones; amotinamiento y piratería; falsificación e imitación, comercio de esclavos.

2. 1867, 4,5% (actualización el 31.12.1983).

3. El secretario de Estado puede ordenar la puesta en libertad de producirse el parecer favorable de la "Oficina de puesta en libertad bajo palabra" y de la autoridad judicial. Pasados tres años, el ministerio del Interior recibe un primer juicio por parte de la autoridad judicial sobre el "tariff" (el periodo mínimo de condena necesaria para satisfacer, con respecto al delito en particular, la exigencia de retribución y de disuasión). El ministerio del Interior establece posteriormente una fecha para un primer examen oficial por parte de la "oficina de liberación bajo palabra" que tiene lugar por lo general 3 años antes de que venza el "tariff". De esta manera, hay tiempo suficiente para preparar a la libertad (incluso un examen más tras un periodo de prueba en una institución "abierta"), antes de que la libertad misma sea autorizada formalmente si "la oficina de liberación bajo palabra" advierte riesgos posibles. Si bien el secretario de Estado no tiene ningún poder para autorizar la puesta en libertad sin

el parecer favorable de la "oficina de liberación bajo palabra", no está obligado a concederla en caso de parecer favorable. Lo mismo sucede con el juicio expresado por la autoridad judicial, aunque por lo general tiene gran influencia.

4. La cadena perpetua en libertad está sujeta a una licencia permanente que prevé condiciones iniciales, entre las que destaca estar bajo control del oficial de probation. Dichas condiciones pueden ser canceladas tras 4 años como mínimo, y siguen estando en condicional toda la vida. En todo momento, el secretario de Estado puede anular la libertad condicional por recomendación de la "oficina de liberación bajo palabra", y si la anulación se efectúa inmediatamente, tiene que estar convalidada por la oficina. La licencia puede estar anulada a partir de un juicio de peligrosidad social intervenida. Puede encomendarse a la "Oficina de liberación bajo palabra", que, en caso de que recomiende la puesta en libertad, tiene que estar ratificado inmediatamente por el secretario de Estado. En casos de anulación de la licencia, el condenado a cadena perpetua es sometido de nuevo a todo el procedimiento previsto para su puesta en libertad.

EEUU, 10 años

1. Homicidio; violación; espionaje; traición; desvío aéreo; secuestro; persistencia de empresas criminales (obligatorio en caso de reincidencia).

2. 864, 3,45% (actualizado 1.1.1983).

3. Puede solicitar ser puesto en libertad bajo palabra al cabo de 10 años.

4. Puede ser sometido a control durante toda su vida o durante un periodo determinado según indique la "Comisión de liberación bajo palabra". Puede ser reconducido a la cárcel si comete otro delito o viola las condiciones de la puesta en libertad.

 
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