Radicali.it - sito ufficiale di Radicali Italiani
Notizie Radicali, il giornale telematico di Radicali Italiani
cerca [dal 1999]


i testi dal 1955 al 1998

  RSS
gio 24 apr. 2025
[ cerca in archivio ] ARCHIVIO STORICO RADICALE
Archivio Partito radicale
Benedetto Gaetano - 14 novembre 1989
Erase una vez el PSI

Gaetano Dentamaro

SUMARIO: El autor recuerda algunas posturas favorables a la despenalizaciòn de las "drogas ligeras" y a la mòdica cantidad adoptadas hace tiempo por el Parlamento italiano por algunos socialistas de los cuales, la mayorìa, actualmente defienden la lìnea prohibicionista de Craxi: Aniasi, Seppia y Formica por el PSI; Altissimo por el PLI; Olcese, Mammì y Dutto por el PRI; Bompiani y Jervolino por la DC.

(Noticias Radicales nº 248 del 14 de noviembre de 1989)

Los observadores polìticos màs atentos se sonrìen cuando oyen a algùn socialista apelar a los que estàn en contra del diseño de ley Jervolino-Vassalli como "amigo de la mòdica cantidad". »Sigue siendo vàlido para quien desea fumar hierba el mismo mecanismo de disuadiòn que nosotros usaremos para el tabaco: eres libre, elige entre la salud y el porro . De esta manera, el 3/7/80 el entonces ministro de sanidad, el socialista Aldo Aniasi, se expresò en una entrevista concedida a "Repubblica"; »en primer lugar proponemos expresar sin equìvocos cuàl es la mòdica cantidad", uno de los puntos genéricos de la ley actual que acaba por dejar demasiados màrgenes discecionales a la magistratura* - continua Aniasi - (...); »despenalizar el cannabis para el pequeño consumo quiere decir acentuar los rigores de la ley, las energìas de la policìa para con los grandes traficantes, para con aquellos que controlan el mercado tanto de la marihuana como de la temible heroìna*.

En el Psi esta no era una postura aislada. Fue también en julio del 80 cuando el "Avanti!" titulò asì un artìculo: "Amplio consentimiento para la iniciativa de Aniasi - Droga: un compromiso que colma la fragante ausencia del Estado". En el artìculo, entre otras cosas, se podìa leer: »Las razones de lasù despenalizaciòn son bien conocidas: por una parte significa tomar nota de que la nocividad de los derivados del cannabis es igual a la del alcohol y el tabaco, y por otra desgajar el circuìto entre el mercado clandestino de las no-drogas y el de la heroìna (...), confiamos combatir el mercado negro que es el auténtico responsable de la muerte por heroìna, desarticular el circuìto que obliga a los toxicodependientes a transformarse en traficantes y en pequeños delincuentes para procurarse la sustancia necesaria*. (5/7/80).

Con respecto a esta postura habìa algùn socialista que otro que mantenìa posturas aùn màs avanzadas que la de Aniasi. Sin mencionar las conocidas posturas adoptadas y manifestadas por aquel entonces por Martelli (que en el 79 junto a otros socialistas habìa firmado la propuesta de ley Teodori para la distribuciòn controlada de la droga y de la liberaciòn del cannabis), recordamos a Mauro Seppia que el 26/9/80 presentò una propuesta de ley que ademàs de formular las tablas de la L.685/75, preveìa la despenalizaciòn del consumo y la detenciòn de hachìs y marihuana hasta diez gramos (art.10). La propuesta estaba motivada por la presentaciòn del texto en el que se mantenìa que el objetivo era »no criminalizar a quien haga uso personal de sustancias estupefacientes. Al mismo tiempo, es necesario liberar al consumidor de la discrecionalidad relacionada con las caracterìsticas de la mòdica cantidad de la dosis poseìda. Dicha indeterminaciòn del delito y por lo tanto de la entidad de la pena ha deteminado injustific

ables disparidades de tratamiento en sede jurisdiccional . La propuesta de ley estaba firmada por los demàs, y también por Labriola y Raffaeli. El 19/4/84, los socialistas presentaban un nuevo diseño de ley para introducir "Normas cuadro en materia de toxicodependencia"; primer firmatario Formica, y después entre otros Artioli, Aniasi, Marianetti, Piro, Di Donato y Spini.

Sobre la cuestiòn de la mòdica cantidad el diseño de ley proponìa de nuevo las propuestas expresadas en el mismo texto de Sappia, ahora cofirmatario del nuevo diseño de ley: en el ar. 109 rezaba textualmente: »No constituye delito la adquisiciòn o posesiòn de cannabis, en cantidades no superiores a los 10 gramos. Para cantidades comprendidas entre 10 y 100 gramos se aplica la muelta de trescientas mil liras a tres millones de liras.

Para cantidades superiores a cien gramos se aplica la multa de tres millones de liras a treinta millones de liras en los casos graves, la reclusiòn de dos a seis años junto con la multa .

Tal vez resulte ùtil recordar algunas de las posturas adoptadas por otros de la mayorìa que actualmente defiende la lìnea de Craxi. Los liberales se habìan caracterizado con las propuestas que Altìsimo, en el 79 ministro de la sanidad, intentò llevar al Gobierno y vincular a la reforma sanitaria que estaba a punto de llevarse a cabo: »Si encontràsemos el sistema para suministrar de forma controlada la heroìna por parte de las estructuras pùblicas podrìamos paralizar la expansiòn del fenòmeno y se reducirìan los delitos contra la propiedad . La propuesta fue formalizada con el diseño de ley Zanone-Altissimo presentado el 26/12/80. Ello preveìa la no punibilidad de »quien adquiera o posea sustancias estupefacientes o psicotròpicas para uso personaò no terapéutico a condiciòn de que la cantidad de las mismas no exceda las 4 dosis màximas individuales diarias (art.1) y establecìa las modalidades de suministro controlado de la heroìna (art.6) incluso en el seno de las càrceles (art.8).

También en el 80, los republicanos presentaron un diseño de ley (Olcese, Mammì y Dutto) para la constituciòn de centros para el tratamiento y la rehabilitaciòn de toxicodependientes, Actualmente, los republicanos sostienen la obligatoriedad del tratamiento de recuperaciòn alternativo a la detenciòn; por aquel entonces sostenìan el respeto total de la libertad personal del toxicodependiente (art. 5) y la posibilidad inderogable de interrumpir el tratamienro en cualquier momento (art.7).

Mucho màs recientes y sorprendentes son las posturas de la Dc, que con la propuesta de ley Bompiani del 22/7/87 intentaban modificar sustancialmente la L.685/75. Siguiendo con el tema de la mòdica cantidad, el diseño de ley democristiano al art. 92 preveìa que no era punible »quien adquiere o posee sin tìtulo legìtimo sustancias estupefacientes o psicotròpicas con objeto de usarlas personalemnte, siempre y cuando las cantidades no superen la ingerida por el sujeto en cuestiòn de 24 horas o, en caso ocasional, en cantidades no superiores a las dosis medias eficaces de las mencionadas sustancias . El diseño de ley estaba firmado asì mismo por Jervolino.

El problema se quedò por resolver no sòlo porque las distintas propuestas no se parobaron nunca sino porque ni tan siquiera la Corte Constitucional consiguiò dar una interpretaciòn al concepto de "mòdica cantidad" : primero considerò inadmisible la cuestiòn por falta de elementos idòneos para identificar la intervenciòn requerida en la Corte por los jueces remitentes (sent. N.170 del 26/10/82); la segunda vez declarò que corresponde al Parlamento determinar el contenido de la expresiòn, al ser ésta absolutamente discrecional (sent. N.136 del 16/4/87). La intervenciòn del Tribunal Supremo no ha servido para aclarar la cuestiòn. Este ha considerado legìtima la puniciòn practicada a quien posee para uso personal cantidades "no mòdicas" sosteniendo que por una parte la diferenciaciòn por el traficante de "mòdicas cantidades", pero subrayando por otra la legitimidad de la pena por el peligro colectivo que represnta la posibilidad de circulaciòn de una mayor cantidad de droga (sent. N.152334 del 18/2/82).

Visto todo esto resulta cuando menos chocante - mucho màs que irritante - sentirse llamar "amigos de la mòdica cantidad". Nuestra postura no sòlo ha sido siempre la màs clara, sino la que menos tiene que ver con la mòdica cantidad. Esta, de hecho no se puede utilizar para quien apoya la despenalizaciòn y la legalizaciòn.

 
Argomenti correlati:
stampa questo documento invia questa pagina per mail