El Parlamento Europeo,
A. vista la informacion difundida por el Congreso de la Juventud Tibetana de Dharamsala y la oficina tibetana de Zurich, confirmada por Amnista Internacional, segun la cual se acerca el dia en que, tras la habitual suspension de dos anos, la pena de muerte sera ejecutada probablemento en el caso del estudiante de 22 anos Lobsang Tenzing, condenado en marzo de 1988 bajo la acusacion de haber matado a un policia chino,
B. vista la practica habitual de las autoridades chinas de proceder a ejecuciones publicas para intimidar a la poblacion tibetana con ocasion del aniversario del 10 de marzo, fecha en la que los tibetanos conmemoran la invasion china de 1950,
C. vista la persistencia de la pena de muerte en las leyes chinas,
D. vista la persistencia de la ley marcial en Lhasa, decretada el 8 de marzo de 1989,
E. vistas sus anteriores resoluciones sobre el Tibet,
1. Condena con decision la practica de la pena de muerte y solicita que esta sea eliminada en las leyes de la China y de cualquier otro pais en la que siga subsistiendo;
2. Condena el recurso a practicas intimidatorias de la China con respecto a los tibetanos que piden la libertad para su pueblo;
3. Considera que el anuncio de la posible ejecucion de Lobsang Tenzing hace aun mas urgente la celebracion de la audiencia de la Comision de Asuntos Politicos sobre la situacion de los derechos humanos en el Tibet e invita a esta comision a que intente eliminar todos los obstaculos, con objeto de que se puedan celebrar dichas audiencias antes del proximo verano;
4. Pide a los ministros de Asuntos Exteriores reunidos en el marco de la CPE, a la Comision y al Consejo que soliciten, conforme a sus respectivas competencias, al Gobierno chino que se suspenda la ejecucion de Lobsang Tenzing y que las penas capitales se conviertan en penas de detencion y que se garantice el respeto total de los derechos humanos en China;
5. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolucion al Gobierno chino, al Gobierno tibetano en el exilio, a la Comision, al Consejo y a los ministros de Asuntos Exteriores reunidos en el marco de la Cooperacion Politica.