13 de julio de 1995ESTRASBURGO
SUMARIO: Por iniciativa de los diputados europeos inscritos al Partido Radical transnacional, Jean-François HORY, Marco PANNELLA, Gianfranco DELL'ALBA, Pierre PRADIER y Dominique SAINT-PIERRE, el Parlamento europeo ha aprobado por amplia mayoría una resolución con peticiones concretas y puntuales tanto sobre la cuestión de la institución del Tribunal Penal Internacional Permanente como sobre el funcionamiento de lo tribunales especiales sobre la Antigua Yugoslavia y Ruanda.
El Parlamento europeo,
A. considerando que se multiplican los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra, que se perpetran en numerosos países y que no son castigados, y llamando la atención sobre el informe anual de 1994 de Amnistía Internacional publicado el 5 de julio de 1995 por el que funcionarios públicos han sido responsables de ejecuciones sumarias en 54 Estados, y en 34 Estados algunos detenidos han muerto debido a torturas por parte de funcionarios públicos y que la violación se utiliza cada vez más como instrumento bélico;
B. considerando que la opinión pública va perdiendo progresivamente conciencia de la necesidad de que los autores de dichos crímenes sean perseguidos por la justicia;
C. considerando la necesidad y la urgencia de crear un primer núcleo de justicia internacional estrictamente objetiva e imparcial para juzgar los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad, independientemente de su origen;
D. subrayando la importancia de instituir un Tribunal Internacional Permanente, tal y como fue reconocido por la Asamblea General de la ONU, en su 49 sesión;
E. considerando que la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el marco de su 49 sesión, ha encargado a un comité especial que le presente un proyecto de estatuto definitivo;
F. subrayando el significativo progreso en este sentido que se ha realizado con la creación de los tribunales internacionales especiales para juzgar a los responsables de los crímenes de guerra y contra la humanidad, a pesar de que sigan existiendo problemas considerables con respecto a la financiación sistemática de dichos órganos y a los procedimientos de ejecución en el derecho nacional de muchos países;
G. considerando que la financiación de los tribunales especiales cesa el 14 de julio de 1995;
H. consternado por el hecho de que, un año después de que se produjese el genocidio de los Tutsis y del masacre de los Hutus moderados en Ruanda, nadie ha sido procesado aún ni tan siquiera incriminado por el papel desempeñado en dichos terribles delitos en Ruanda;
I. hondamente aturdido pues, según el informe publicado por Médecins Sans Frontières el 5 de julio de 1995, 50.000 Hutus, acusados de estar implicados en dichos crímenes, están detenidos en Ruanda; que en Gitarama, una cárcel construida para acoger a 400 presos contiene 7.000; que el índice de mortalidad en dicho lugar ha alcanzado una cuota de uno a ocho y que numerosos detenidos desarrollan gangrenas en las extremidades inferiores, al verse obligados a estar de pie durante días y días en charcos de agua sucia;
J. considerando su informe, en el que solicita a la comunidad internacional que luche contra la impunidad de la que se benefician los criminales que violan la dignidad humana y la resolución del 21 de abril de 1994, que sostiene la creación de un Tribunal internacional;
1. considera necesaria la creación de un Tribunal penal internacional permanente y subraya que sería especialmente significativo que para celebrar correctamente el 50 aniversario de la ONU se reconociesen y se sentasen las bases de una justicia internacional;
2. solicita a la Asamblea General de la ONU con motivo de su 50 sesión que adopte el proyecto definitivo de estatuto del Tribunal Penal Internacional elaborado por un Comité especial;
3. se complace en particular de que el proyecto de estatuto no se prevea la pena de muerte e insiste para que dicho enfoque se mantenga en el estatuto definitivo;
4. solicita al Consejo, a la Comisión, al igual que a los Estados miembros, que adopten todas las iniciativas necesarias para que la Asamblea General conceda rápidamente la inscripción de la financiación de los tribunales especiales en el presupuesto general de las Naciones Unidas;
5. solicita a los Estados miembros que aún no lo hayan hecho que acojan en su derecho nacional las normas inherentes para el funcionamiento de los tribunales especiales;
6. felicita a la Comisión por haber decidido la financiación puntual de algunas actividades de los tribunales especiales y la invita a continuar en esta dirección, sobre todo por lo que se refiere al Tribunal penal internacional permanente, cuando se instituya;
7. insiste para que la UE y sus Estados miembros, actuando si es posible junto a la OUA, procuren con extrema urgencia, al gobierno de Ruanda los medios para garantizar la detención de los sospechosos de haber participado en el genocidio de los Tutsis y en la masacre de los Hutus moderados, en condiciones que no amenacen para su vida ni para su salud;
8. encarga a su Presidente que transmita el presente informe a la Comisión, al Consejo, al Presidente de la Comisión especial de la ONU, a los presidentes de los tribunales especiales para la Antigua Yugoslavia y Ruanda, a los Secretarios Generales de la ONU y de la OUA así como al gobierno de Ruanda.